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Foro de Discusión General

listado de las razas potencialmente peligrosas

Página: 4 de 7
Moderadores: Damzel, sandrarf
Titulo: listado de las razas potencialmente peligrosas

eroschoco

Antiguo Usuario
Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 15:07
Pa chocoConstitucion española, es un librito pequeño, incluso tu puedes con el.Artículo 97. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las Leyes.Artículo 98. 1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la Ley.Otra que es un poquito mas dura, ley 50/1997Artículo 1. Del Gobierno.1. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.2. El Gobierno se compone del Presidente, del Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y de los Ministros.Claro, claro un delegado del gobierno pertence al gobierno central.....Claro el gobierno puede sancionar si lo pone bien claro en la constitucion que es una de sus funciones...
Pego: Las Delegaciones del Gobierno, en la Administración Pública de España, son órganos  correspondientes a la organización periférica del Estado. Tienen carácter político, y sus titulares ostentan la condición de Alto Cargo. Sus funciones principales son las de representar al Gobierno en la Comunidad Autónoma  correspondiente, así como dirigir la Administración del Estado en el territorio autonómico y coordinarla con la Administración propia de la Comunidad Autónoma en cuestión.Según el artículo 154 de la Constitución española un delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la Administración propia de la Comunidad.A este artículo de la Constitución no has llegado.Ahora dinos, a dónde pertenece el Delegado del Gobierno?Como dice el artículo de la constitución que tu pegas, el gobierno dirige la Administración, y la administración sanciona, así de sencillo.Otro ejemplo, La Agencia Tributaria a que tiene capacidad sancionadora? a dónde pertenece... te refesco la memoria con un anuncio de la tele que te será más familiar: "Agencia Tributaria-Gobierno de España"Por cierto, los Ayuntamiento también son órganos de Gobierno, que veo que eso tampoco lo tienes claro.
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CesarBF

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 15:20
.
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CesarBF

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 15:25
Ahora dinos, a dónde pertenece el Delegado del Gobierno?
Pego: Las Delegaciones del Gobierno, en la Administración Pública de España, son órganos  correspondientes a la organización periférica del Estado. .
Eres tan torpe que no entiendes ni los mismos textos que pegas....
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eroschoco

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 15:33
Ahora dinos, a dónde pertenece el Delegado del Gobierno?
Pego: Las Delegaciones del Gobierno, en la Administración Pública de España, son órganos  correspondientes a la organización periférica del Estado. .
Eres tan torpe que no entiendes ni los mismos textos que pegas....
jajajaja, lo que tú digas macho, entonces, por favor, ilústranos, como no pertenecen ni dependen del Gobierno Central, a dónde pertenece el Delegado del Gobierno y los subdelegados de Gobierno? de quién dependen? cuales son sus funciones?Espero la respuesta ansioso
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eroschoco

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 15:34
Pagaría por haber podido leer los dos o tres mensajes que has editado para borrarlos, porque si has dejado alguno con unas perlas grandiosas no quiero ni imaginar qué ponías en los te has cepillado.
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CesarBF

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 15:53
El gobierno lo forman el presidente, los vicepresidentes y los ministros. Ley 50/1997. Nadie mas, ni delegados de gobierno ni la señora de la limpieza.Las funciones del gobierno estan explicadas en la constitucion española y no esta entre ellas la capacidad sancionadora.
Pego: Las Delegaciones del Gobierno, en la Administración Pública de España, son órganos  correspondientes a la organización periférica del Estado. .
Te ha quedado claro a quien pertenece la delegacion del gobierno. A la administracion publica, NO AL GOBIERNO.Edite por que aunque sorprenda tratar con una persona tan ignorante como tu a veces hace que pierda la paciencia.Si tanto empeño tenias en saber lo que ponia el mensaje que borre ahi lo tienes.
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zanet40

zanet40

Casi Adicto
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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 16:19
El gobierno es el poder Ejecutivo del Estado Español, y es el responsable de la Administracion Pública, asi como de ejecutar las keyes.Y por supuesto un Delegado del Gobierno, es un representante del Gobierno, al igual que un Embajador es el representante del Estado Español en otro pais.
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CesarBF

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 16:25
El gobierno es el poder Ejecutivo del Estado Español, y es el responsable de la Administracion Pública, asi como de ejecutar las keyes.Y por supuesto un Delegado del Gobierno, es un representante del Gobierno, al igual que un Embajador es el representante del Estado Español en otro pais.
¿Es un representante del gobierno o es un mienbro del gobierno? Por que no es lo mismo, nisiquiera parecido.
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eroschoco

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 16:28
El gobierno es el poder Ejecutivo del Estado Español, y es el responsable de la Administracion Pública, asi como de ejecutar las keyes.Y por supuesto un Delegado del Gobierno, es un representante del Gobierno, al igual que un Embajador es el representante del Estado Español en otro pais.
Muchas Gracias, creo que está bastante claro y se lo has explicado bastante  mejor yo, aún así verás que no es suficiente para él.Me repito; con determinada gente que habla con tanto desparpajo de un tema que ignoran y encima se permite el lujo de llamar ignorantes a los que le intentan ilustrar, no merece la pena perder el tiempo.
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CesarBF

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 16:35
el Gobierno Central sólo puede sancionar administrativamente .
si queda muy claro quien es el ignorante....todabia estoy esperando el dia que me sorprendas teniendo unos minimos conocimientos de cualquier tema....vete a fumar porritos con amiguitos.
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zanet40

zanet40

Casi Adicto
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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 16:35
Es un representante, y actua en nombre del Gobierno, Por supuesto que ni el Presidente, ni los Ministros te van a sancionar, te sancionan a traves de los organos de gobierno, Ministerios, consejerias, etc....Lo unico que faltaba es que Zapatero tuviera que leerse todas las denuncias administrativas del Pais.Ya es que queremos cogerla con papel de fumar. Te sancionan en Nombre del gobierno. Quien te sanciona en una multa de trafico, El director General de Trafico, que es una autoridad nombrada por el Gobierno para hacer esa funcion en su Nombre, y el director General a su vez nombra a los distintos Jefes de las distintas delegaciones. Pero todo en Nombre del Gobierno.
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CesarBF

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 16:41
Es un representante, y actua en nombre del Gobierno, Por supuesto que ni el Presidente, ni los Ministros te van a sancionar, te sancionan a traves de los organos de gobierno, Ministerios, consejerias, etc....Lo unico que faltaba es que Zapatero tuviera que leerse todas las denuncias administrativas del Pais.Ya es que queremos cogerla con papel de fumar. Te sancionan en Nombre del gobierno. Quien te sanciona en una multa de trafico, El director General de Trafico, que es una autoridad nombrada por el Gobierno para hacer esa funcion en su Nombre, y el director General a su vez nombra a los distintos Jefes de las distintas delegaciones. Pero todo en Nombre del Gobierno.
Serias tan amable de demostrar esta teoria, mas que nada por que choca de frente con toda la lejislacion existente en España.En la ley 30/1992 en ningun momento se habla de que nadie sancione en Nombre del Gobierno.
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zanet40

zanet40

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:00
Perdona, pero no es ninguna teoria, es sencillamente una realidad, si quieres un ejemplo bastante normal, leete las competencias para sancionar de la ley de trafico, y ya me cuentas de donde derivan esas competencias, por supuesto que la  ley 30/1992 no habla de sanciones, es la ley de procedimiento administrativo, mas o menos explica como deben ser los actos de las distintas administraciones con los ciudadanos, y los derechos que tenemos los ciudadanos ante la administracion publica. No es una Ley sancionadora.
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zanet40

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:09
Bueno, realmente no hace falta que leas la Ley de Trafico, deberia bastarte con saber que es un Real Decreto Ley ( Dictado por el Gobierno), y en el mismo ya se indica los tipos de sanciones y las cuantias correspondientes a cada una de ella. (cuantias, me refiero a lo que hay que pagar si cometes la infraccion)-
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CesarBF

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:10
Perdona, pero no es ninguna teoria, es sencillamente una realidad, si quieres un ejemplo bastante normal, leete las competencias para sancionar de la ley de trafico, y ya me cuentas de donde derivan esas competencias, por supuesto que la  ley 30/1992 no habla de sanciones, es la ley de procedimiento administrativo, mas o menos explica como deben ser los actos de las distintas administraciones con los ciudadanos, y los derechos que tenemos los ciudadanos ante la administracion publica. No es una Ley sancionadora.
Vale si quieres hablar de la ley de trafico hablamos de la ley de trafico. ¿en que articulo pone que se sanciona en Nombre del gobierno?La ley 30/1992 si habla de sanciones...... -------------------------------------------------------------------------------- Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. -------------------------------------------------------------------------------- TÍTULO IX.DE LA POTESTAD SANCIONADORA.CAPÍTULO I.PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA.Artículo 127. Principio de legalidad. 1.  La potestad sancionadora de las Administraciones públicas, reconocida por la Constitución, se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de Ley, con aplicación del procedimiento previsto para su ejercicio y de acuerdo con lo establecido en este título y, cuando se trate de entidades locales, de conformidad con lo dispuesto en el título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.2. El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario.3. Las disposiciones de este Título no son de aplicación al ejercicio por las Administraciones públicas de su potestad disciplinaria respecto del personal a su servicio y de quienes estén vinculados a ellas por una relación contractual.De lo que no habla en ningun momento es de que se sancione en NOMBRE DEL GOBIERNO.Lo tuyo de que sancionan en nombre del gobierno es una TEORIA y bastante rara añado.
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eroschoco

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:22
Zanet agradezco tus aportaciones, está muy explicado y queda bastante claro para el 99% de los que leeran este hilo. El problema es que discutir con cesar es como darse de cabezazos contra una pared, puedes estar así toda la semana y jamás entenderá lo que les explicas ( o no quiere entenderlo por no dar su brazo a torcer).Qué puedes esperar de una persona que dice esto...
Fumar porros no es una falta administrativa. Asi que lo de fumar porros no tiene nada que ver. Todas las faltas administrativas se sancionan con medidas economicas.
...Y no es capaz de admitir que ha dicho una estupidez. Si no entiende esto tampoco va a entender jamás que el Gobierno Central es el que dirige la administración pública y que todos los altos cargos son nombrados por el propio gobierno.
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zanet40

zanet40

Casi Adicto
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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:26
Ya veo que tu nivel de lectura se quedo en la M con la A MA.Potestad Sancionadoras, es quien puede sancionar, no sancion, dos terminos distintos, aunque a ti te parezcan iguales.Si el Gobierno es quien dicta el Decreto Lye, y en este ya va comprendida la sancion, como que quien sanciona? Perico el de los Palotes?Qien dä las atribuciones para ejercer la Potestad Sancionadora, pues vaya una disposicion de rango legal o reglamentarios, puede referirse eso a un  ¿decreto ley?, para ti seguro que no.Yo te aconsejaria que en vez de intentar leer e interpretar leyes, fueras leyendo algo mas sencillo, para mejorar tu capacidad de entendimiento.
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CesarBF

Antiguo Usuario
Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:34
Ya veo que tu nivel de lectura se quedo en la M con la A MA.Potestad Sancionadoras, es quien puede sancionar, no sancion, dos terminos distintos, aunque a ti te parezcan iguales.Si el Gobierno es quien dicta el Decreto Lye, y en este ya va comprendida la sancion, como que quien sanciona? Perico el de los Palotes?Qien dä las atribuciones para ejercer la Potestad Sancionadora, pues vaya una disposicion de rango legal o reglamentarios, puede referirse eso a un  ¿decreto ley?, para ti seguro que no.Yo te aconsejaria que en vez de intentar leer e interpretar leyes, fueras leyendo algo mas sencillo, para mejorar tu capacidad de entendimiento.
Pobrecito otro que no tiene ni puta idea y se ha metido con la persona equivocada.Atento que tu de capacidad lectora vas mas bien cortito.
Potestad Sancionadoras, es quien puede sancionar,
Vamos que no tienes ni puta idea de lo que tu mismo dices.NO SE SANCIONA EN NOMBRE DEL GOBIERNO.EL GOBIERNO NO PUEDE SANCIONAR.Pero como eres bastante tonto intentaras darle la vuelta. Curioso que yo soy el unico que pone las leyes con sus articulos mientras tu y el choco teneis que hablar sin aportar una sola prueba.
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akiara

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Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:38
a la proxima falta de respeto que se vea se baneara a los foreros y se cerra el temacreo q sois lo bastante mayorcitos para saber dialogar .
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CesarBF

Antiguo Usuario
Publicado: Thursday 05 de August de 2010, 17:39
Pa choco.Codigo penal:Artículo 368. Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.Pa que molestarme en contestarte cuando tengo las leyes de mi parte.
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