¡Adicto Total!
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Publicado: Wednesday 19 de May de 2010, 18:00
Para todos los andaluces, creo que os será de gran interés conocer la nueva normativa sobre este tema.Aquí os lo dejo. Sólo un trozo, claro. Si queréis hecharle un ojo entero, se encuentra desde la página 16 a la 35. Un saludo!El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de España, publica el 28 de abril de 2010 el nº 81 en el que en sus páginas 15 a 34 recoge la ORDEN de 19 de abril de 2010 de la Consejería de Agricultura y Pesca por la que se establecen los tratamientos obligatorios de los animales de compañía, los datos para su identificación en la venta y los métodos de sacrificio de los mismos en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 3. Tratamientos obligatorios de los animales de compañía.1. Vacunación Antirrábica.a) Será obligatoria la vacunación antirrábica de los perros, gatos y hurones debiéndose efectuar la primera vacunación a partir de los tres meses de edad de los animales. Igualmente deberán ser revacunados a los treinta días posteriores a la primera. Anualmente deberá realizarse una revacunación.b) Se realizará con vacunas inactivadas autorizadas y registradas por la Agencia Española del Medicamento y ProductosSanitarios.[...]2. Desparasitación.Es obligatoria la desparasitación de perros, gatos y hurones contra la equinococosis. Esta se hará bajo prescripción de un/a veterinario/a autorizado/a, haciéndose constar en la cartilla sanitaria indicando fabricante, nombre del producto y fecha del tratamiento. La desparasitación se hará con periodicidad mínima anual.En atención a la situación sanitaria existente en esta Comunidad Autónoma los tratamientos obligatorios de desparasitaciónpodrán modificarse y fijarse por resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.[...] |