Titulo: Quien se ocupa de meter las narices a nuestros perros en la calle? |
Publicado: Monday 28 de May de 2012, 16:21
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Publicado: Monday 28 de May de 2012, 16:46
Lo más fácil es que preguntes en la consejería de medio ambiente, que es quién regula todo esto. No obstante, si el tema es por el tema de cortar orejas o rabo ya te adelanto que ahora, desde hace algunos años, está prohibido. Un saludo |
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Publicado: Monday 28 de May de 2012, 20:07
Y dale perico al torno.NO esta prohibido en todas las comunidades autonomas. Por favor informense antes de afirmar algo tajantemente.Habla con el seprona a ver si ellos saben informarte bien, porque aqui por lo menos son los que mas tocan las narices. |
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Publicado: Tuesday 29 de May de 2012, 09:10
Hombre.... Ley 32/2007, de 7 de noviembreQueda dispuesto que está prohibida cualquier mutilación cuyo fin sea meramente estético. La mutilación no permitida es una infracción grave. |
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Publicado: Tuesday 29 de May de 2012, 13:04
si muy bien, sera ley autonomica, pero no nacional. En varios sitios de españa esta PERMITIDO. No liemos... |
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Publicado: Tuesday 29 de May de 2012, 13:15
Y dale... Eso es del BOE, salido de las cortes generales. Y la E de BOE es Estado, osease, todo el país. De todas maneras, es muy fácil, pon la ley de la autonomía donde sepas que se pueda hacer y así te llevas la perra gorda. Que me da igual, pero es que igual son otros los que tienen que informense antes de afirmar algo tajantemente. |
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Publicado: Tuesday 29 de May de 2012, 16:25
Meeec :-DSi fuera nacional no se podría en ningún lado de España, cosa que no es así, te repito que es LEGAL en algunas comunidades autonomicas.Madrid lo permite, Murcia tambien, A Coruña, Guadalajara, Segovia, .... |
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Publicado: Tuesday 29 de May de 2012, 16:25
Y dale... Eso es del BOE, salido de las cortes generales. Y la E de BOE es Estado, osease, todo el país. De todas maneras, es muy fácil, pon la ley de la autonomía donde sepas que se pueda hacer y así te llevas la perra gorda. Que me da igual, pero es que igual son otros los que tienen que |
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Publicado: Tuesday 29 de May de 2012, 16:59
Joder, Guadalajara, Segovia y Coruña autonomías... en fin....Estoy seguro que es nacional. Lo que no estoy seguro es si de las leyes autonómicas que se me dió por mirar a boleo, a ver si alguna dice lo que dice Ridick, y va a ser que no; aparte de las cuatro que miré fijo, una a mayores era Madrid o no. Pero vamos, que no se ni por qué pierdo el tiempo cuando el BOE lo pone muy claro. Que lo invierta él en demostrar que lo que dice es cierto. Lo que sí es cierto es que algunas Autonomías empezaron a prohibir el corte de orejas antes de que se instaurase a nivel nacional. Por ejemplo, creo que en Castilla y León es desde el año 1993 y en Galicia lo es desde 1997 (o al revés). Por cierto, como ves, en Coruña también es ilegal y sanciado como infracción grave. Y si me da la vena política es porque aquí sale la gente diciendo cosas sin ni siquiera probarlo y ya tienen que ser verdad por que sí. Si otro, yo en este caso, dice lo contrario, y le muestra lo que dice Boletín Oficial del Estado, resulta que el que está equivocado soy yo y que "tengo que informarme". Lo que hay que tener es un poco de sentido común y si vas a defender tan algo tan fervientemente por lo menos demuéstralo. Que el tío, aun después de que le enseño el BOE, sigue en sus trece. Con la misma, si salto con política, es porque preguntas por la política. Bueno era no responderte, pero bueno, ya puestos a escribir, que sirva para algo. Cualquiera de los que nombras puede preguntarte por las orejas de tu perro. Más aun, cualquiera persona podría dar parte a la policía de dicho corte y que estos actúen de oficio para escalar al organismo pertinente el por qué del corte de las orejas del perro. Luego quedaría de mano del dueño esclarecer si la operación era necesaria, o se lo vendieron así o pagar la multa. Lo que pasa que en este país pasamos de todo y, de la misma manera que Ridick aun cree que cortar las orejas es legal en algún lado, a la gente eso le tira de un pie. Si no tiene un balón y mete goles, es lo de menos. Con lo que puedes estar tranquilo. |
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Publicado: Tuesday 29 de May de 2012, 19:21
¿Cuantos telefonos de clínicas quieres donde se practica el corte de orejas sin ningun problema? que sigues sin entender por lo que veo. Y en galicia hay clínicas que le cortan las orejas por mucho que tu digas misa y no te hablo de clínicas clandestina. Y te sigo diciendo que si en las clínicas de forma ABIERTA se las cortan por algo será. ¿O te crees tu que las clinicas se van a jugar el perderlo todo por cortar orejas? venga ya!!!!!!Yo no le he cortado las orejas al mio, pero el que quiera hacerlo libre es, asi de sencillo. Que siempre estais con el mismo tema y ya cansais. |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 09:19
buenos dias.yo pregunte el lunes para cortar el rabo a una pareja de Rottweiler aki en madrid y si se puede y no de manera clandestina.respecto a la pregunta de si te piden algo no te piden nada.( ni donde ni cuando se lo cortaste) en el caso de que te digan algo con decir que ya lo compraste asi o que tubiste que amputar por algun problema que tubiera el perro.do todas formas asegurate en medio ambiente .1 saludo |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 09:33
Madrid lo permite, Murcia tambien, A Coruña, Guadalajara, Segovia, .... yo pregunte el lunes para cortar el rabo a una pareja de Rottweiler aki en madrid y si se puede y no de manera clandestina. |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 09:40
Que va a leer!! Pero ya puestos a llenarse la boca de mierda, Ridick... C'mon, challange acepted!!! Dame esa cantidad ingente de números de clínicas con veterinarios titulado. Ya llamo desde el ordenador y grabo la conversación, para que así quede claro que no me invento las cosas, no como uno que yo me sé. Por cierto, respecto a lo de madrid: http://www.madrid.org/wleg/servlet/Servidor?opcion=VerHtml&nmnorma=382&cdestado=P2. Se prohíbe: a) Maltratar a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les pueda producir sufrimientos o daños injustificados.b) Abandonarlos.c) Mantenerlos en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario o inadecuadas para la práctica de los cuidados y la atención necesarios de acuerdo con sus necesidades etológicas, según raza y especie.d) Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, o por exigencia funcional.No obstante, que cada uno haga lo que quiera, clarostá!! Eso sí, yo también soy libre de denunciar actos que no se deben realizar. |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 09:50
Por cierto, respecto a lo de madrid: http://www.madrid.org/wleg/servlet/Servidor?opcion=VerHtml&nmnorma=382&cdestado=P2. Se prohíbe: a) Maltratar a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les pueda producir sufrimientos o daños injustificados.b) Abandonarlos.c) Mantenerlos en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario o inadecuadas para la práctica de los cuidados y la atención necesarios de acuerdo con sus necesidades etológicas, según raza y especie.d) Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, o por exigencia funcional. |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 09:57
efectivamente tiene muchas vias de escape por eso los veterinarios a los que solo le interesa el dinero las siguen haciendo , pero la mayoria de veterinarios rechazan estas mutilaciones innecesariasO hace falta que certifique por escrito el motivo por el cual existe un "caso de necesidad" |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 10:16
Aquí en cataluña está también mas que prohibido y sé de veterinarios que lo hacen. eso no significa que sea legal, significa que por dinero hacen lo que les da la gana. |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 10:18
el que quiera hacerlo libre es, asi de sencillo. Que siempre estais con el mismo tema y ya cansais. |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 10:28
Yo no le he cortado las orejas al mio, pero el que quiera hacerlo libre es, asi de sencillo. Que siempre estais con el mismo tema y ya cansais.[/quote]Dondee vas? el que uiera tatuarse es libre de acerlo, el que quiera tunearse es libre de acerlo, pero la libertad para mutilaciones a otros seres no deberia de existir! kon esa manera de ver las cosas asi va el mundo! me parece increible que alguien pueda cortarle las orejas a su perro, que es el ser k mas dara por ti un ser k nunka te cortaria nada a ti! y es muy facil decir k agan lo k kieran! pero mas dificil es defender una minoria k no se sabe defender!Y los veterinarios k kortan las orejas dan verguenza k no se pueden llamar amantees de los animales ni nadaa! son todos unos mierdas k se han metido en un mundo muy poko vigilado para sacar todo el provecho possible!Los padres no les ponen tetas a sus hijas porke asi estan mas wapas! verdad k no t preguntas porke?? pues lo mismo los perros no son mas buenos (al reves tienen mas problemas) ni mas cariñosos ni nada y si la gente kiere un perro de una raza k se kede kon la raza komo es k no la retoke! yo a mis amigos hijos y gente querida no los retoco para que me sean mas agradables a la vista! |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 11:14
Si si que lo que tu quieras Pero es legal y se practica, y en madrid se hace, en segovia se hace, en a coruña se hace y en murcia se hace. ¿Ilegalmente? si, esque son veterinarios fuera de la ley que van de tipos duros 8-)Para ti podra ser ilegal, una aberración, o un tema de escandalo. Pero es lo que hay, se cortan y punto. Y la que dice que un padre no pondria tetas a su hija, ¿es de coña no? ¿cuantos padres hoy por hoy les pagan operaciones de este tipo a las chavalas? porque por haber los hay.Mira kachinvo te puedes meter tus ofensas por el culo a ver si asi esteticamente te ves mas bonito que si tu sabes faltar el respeto yo tambien, a ver si ahora porque vengan 3 mas te me creces tanto y te piensas que me voy a callar, y si eres pesado con el tema.Y si cada uno con su perro hace lo que quiere, me da igual que salgan aqui las extremistas del tema, que si tu perro no es una posesion blablabla, el mismo cantar todo el tiempo.Ahora dejame que te copie yo un pequeño texto....En España se dejó la decisión a cada Comunidad AutónomaLeyes de algunas autonomias españolas donde se practican cortes esteticos:Asturias:Ley 13/2002, de 23 de diciembreArtículo 6. Prohibición de malos tratos. 1. Se prohíben los malos tratos a los animales. 2. Reglamentariamente se desarrollarán las medidas apropiadas para asegurar su protección frente a los malos tratos o las utilizaciones abusivas y para evitarles sufrimientos innecesarios derivados de las manipulaciones inherentes a las diferentes técnicas de crianza, manejo, estancia, transporte y sacrificio de los animales objeto de esta Ley. Cantabria:Ley 3/1992, de 18 de marzo d) Practicarles mutilaciones, excepto: Las efectuadas o controladas por los veterinarios, las realizadas para mantener las características de la raza, o las que correspondan a ventajas de tipo fisiológico y/o de manejo. Canarias:Ley 8/1991, de 30 de abril Articulo 4 Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad, por exigencia funcional o para mantener las características de la raza. Castilla y León:Ley 5/1997, de 24 de abril Articulo 4 d) Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad, por exigencias funcionales, por aumento indeseado de la población o para mantener las características propias de la raza.29Castilla la Mancha:Ley 7/1990, de 28 de diciembre Articulo 2 d) Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, exigencia funcional o para mantener las características de la raza. Extremadura:Ley 5/2002, de 23 de mayo Articulo 2 f. Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, o por exigencia funcional, o para mantener los estándares raciales. Galicia: Ley 1/93 de 13/04/1993 Articulo 21 b) Mutilarlos sin necesidad o sin el adecuado control veterinario. Islas Baleares:Ley 1/1992, de 8 de abril Articulo 2 h) Practicar mutilaciones a los animales, excepto las controladas por facultativo competente en caso de necesidad o para darles la presentación habitual de la raza. País Vasco:Ley 6/1993 Artículo 4 Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad, por exigencia funcional o para mantener las características de la raza.La Rioja:LEY 2/2000, de 31 de mayo Articulo 4 d) Practicarles mutilaciones, excepto las efectuadas o controladas por los veterinarios en caso de necesidad o por exigencia funcional, o para mantener las características estéticas. |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 11:45
http://www.emotionreply.com/big.php?b=347 |
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Publicado: Wednesday 30 de May de 2012, 12:46
Si si que lo que tu quieras Pero es legal y se practica, y en madrid se hace, en segovia se hace, en a coruña se hace y en murcia se hace. ¿Ilegalmente? si, esque son veterinarios fuera de la ley que van de tipos duros 8-)Para ti podra ser ilegal, una aberración, o un tema de escandalo. Pero es lo que hay, se cortan y punto. Y la que dice que un padre no pondria tetas a su hija, ¿es de coña no? ¿cuantos padres hoy por hoy les pagan operaciones de este tipo a las chavalas? porque por haber los hay.Mira kachinvo te puedes meter tus ofensas por el culo a ver si asi esteticamente te ves mas bonito que si tu sabes faltar el respeto yo tambien, a ver si ahora porque vengan 3 mas te me creces tanto y te piensas que me voy a callar, y si eres pesado con el tema.Y si cada uno con su perro hace lo que quiere, me da igual que salgan aqui las extremistas del tema, que si tu perro no es una posesion blablabla, el mismo cantar todo el tiempo.Ahora dejame que te copie yo un pequeño texto....En España se dejó la decisión a cada Comunidad AutónomaLeyes de algunas autonomias españolas donde se practican cortes esteticos:Asturias:Ley 13/2002, de 23 de diciembreArtículo 6. Prohibición de malos tratos. 1. Se prohíben los malos tratos a los animales. 2. Reglamentariamente se desarrollarán las medidas apropiadas para asegurar su protección frente a los malos tratos o las utilizaciones abusivas y para evitarles sufrimientos innecesarios derivados de las manipulaciones inherentes a las diferentes técnicas de crianza, manejo, estancia, transporte y sacrificio de los animales objeto de esta Ley. Cantabria:Ley 3/1992, de 18 de marzo d) Practicarles mutilaciones, excepto: Las efectuadas o controladas por los veterinarios, las realizadas para mantener las características de la raza, o las que correspondan a ventajas de tipo fisiológico y/o de manejo. Canarias:Ley 8/1991, de 30 de abril Articulo 4 Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad, por exigencia funcional o para mantener las características de la raza. Castilla y León:Ley 5/1997, de 24 de abril Articulo 4 d) Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad, por exigencias funcionales, por aumento indeseado de la población o para mantener las características propias de la raza.29Castilla la Mancha:Ley 7/1990, de 28 de diciembre Articulo 2 d) Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, exigencia funcional o para mantener las características de la raza. Extremadura:Ley 5/2002, de 23 de mayo Articulo 2 f. Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, o por exigencia funcional, o para mantener los estándares raciales. Galicia: Ley 1/93 de 13/04/1993 Articulo 21 b) Mutilarlos sin necesidad o sin el adecuado control veterinario. Islas Baleares:Ley 1/1992, de 8 de abril Articulo 2 h) Practicar mutilaciones a los animales, excepto las controladas por facultativo competente en caso de necesidad o para darles la presentación habitual de la raza. País Vasco:Ley 6/1993 Artículo 4 Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad, por exigencia funcional o para mantener las características de la raza.La Rioja:LEY 2/2000, de 31 de mayo Articulo 4 d) Practicarles mutilaciones, excepto las efectuadas o controladas por los veterinarios en caso de necesidad o por exigencia funcional, o para mantener las características estéticas. |
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