Titulo: Ayuda, me denuncian!! |
Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 09:19
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Titulo: Ayuda, me denuncian!! |
Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 09:55
Hola, tu perro aunque sea un cachorro por ahora pertenece a los catalogados como perros potencialmente peligrosos por el tipo de constitución que tiene, tendrás que contratar un seguro de responsabilidad civil y registrarlo en el ayuntamiento, ademàs tendrás que llevarlo atado y con bozal. Te paso una parte de la ley que creo puede ser de tu interés. Un saludoSe necesita obtener una LICENCIA ADMINISTRATIVA, otorgada por la autoridad municipal o estatal, en nuestro caso puede solicitarse en la correspondiente JUNTA DE DISTRITO a la que pertenezcamos. Y debemos cumplir los siguientes requisitos: * Ser mayor de edad. (presentando fotocopia del D.N.I.) * No presentar antecedentes penales con respecto a algunos supuestos como delitos contra la propiedad, la moral, la libertad sexual, homicidio...Para demostrarlo se debe ajuntar un certificado de penales que se obtiene en el Registro de Antecedentes Penales (calle Noviciado), y una declaración jurada de no haber sido sancionado por la presente Ley. * Disponer de capacidad física y psicológica para poseer uno de estos animales. La certificación la obtendremos en cualquier centro de reconocimientos médicos como por ejemplo los centros para la renovación del carné de conducir o permiso de armas. * Acreditación de haber suscrito un seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL por daños a terceros por valor de 120.000 € (aprox. 20 millones de pesetas).Una vez obtenidos todos estos permisos el Ayuntamiento nos concederá la LICENCIA PARA TENER PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Esta licencia deberá renovarse cada 5 años. Deberemos inscribir los perros potencialmente peligrosos en un registro creado a tal efecto "El registro municipal de perros potencialmente peligrosos", que nos dará una certificación acreditativa de que está inscrito en el mismo. Para inscribirlo debe llevar microchip de identificación, y un certificado veterinario demostrando que está en perfecto estado de salud, debiendo anualmente renovar este certificado (puede hacerse en la consulta).¿Qué medidas de seguridad debemos tener si poseemos perros potencialmente peligrosos? 1.- Deberemos llevar en lugares públicos la copia de la licencia administrativa y de la inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos. 2.- Será obligatorio el uso del bozal, en lugares públicos. Así como el uso de correa o cadena de menos de 2 metros no extensible y no pudiéndose llevar más de un perro de este tipo por persona. 3.- Los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en parcelas, chalets, terrazas, patios o similares deberán estar atados a no ser que se posean las pertinentes medidas de seguridad en cuanto a altura, cerramiento y superficie para proteger a las personas, o animales que se acerquen. 4.- Los criadores de estos animales deberán en todo momento disponer de las condiciones necesarias de seguridad para mantener estos animales. 5.- La sustracción o perdida de un perro potencialmente peligrosos debe notificarse por parte del titular al responsable del registro municipal de perros potencialmente peligrosos en las 48 horas posteriores a que se tenga conocimiento de estos hechos. |
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wolklEl usuario ha sido baneado hasta el 29/09/2030 por no cumplir las normas del foro |
Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:07
te dejo lo que pone en la ley, no especifica edad del animal no se si se puede recurrir por tener solo 6 meses a ver si alguien lo sabe.El Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo desarrolla la Ley 50/1999 de 23 de diciembre en la que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en el ámbito de todo el Estado español. En ella se establecen las condiciones que han de cumplir los perros para que les sea aplicable esta ley, las obligaciones administrativas, medidas de seguridad y sanciones.En España además existen leyes sobre los PPP en muchas comunidades autónomas que ofrecen variaciones sobre ésta del Gobierno Central, pero no la sustituyen sinó que la complementan. Es decir, los propietarios de PPP hemos de cumplir la Ley estatal, y también la que exista en nuestra Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en Cataluña el Akita Inu no aparece en la lista de razas, pero se le aplica igualmente la Ley de PPP porque en la estatal si que figura. ANIMALES QUE INLCUYEEn la especie canina, la ley se aplica a aquellos perros que entran en alguno de los siguientes supuestos:Que pertenezcan a alguna de estas razas: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier American Staffordshire Terrier Rottweiler Dogo Argentino Fila Brasileiro Tosa Inu Akita Inu. Cruce de alguna de las razas anteriores. Tengan todas o varias de estas características: fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia, marcado carácter y gran valor, pelo corto, perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg, cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas, mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda, cuello ancho, musculoso y corto, pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto, extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado. Aquellos con un carácter marcadamente agresivo o que hayan agredido a otras personas o animales. Esto debe ser apreciado por la autoridad competente, bien actuando de oficio o en base a una denuncia, previo informe de un veterinario. LICENCIAEs necesario obtener una licencia con una validez de 5 años, para lo cual el interesado ha de cumplir los requisitos ennumerados a continuación:Ser mayor de edad. No tener antecedentes penales (la ley especifica que clase de delitos se tienen en cuenta). No haber tenido sanciones graves o muy graves de las previstas en esta ley. Certificar ciertas aptitudes físicas y psicológicas. Formalizar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.000 euros. Los trámites relacionados con la licencia y su expedición son competencia del órgano municipal que corresponda, y para solicitarla han de presentarse certificados que acrediten el cumplimiento de los requisitos mencionados. Además de la licencia, también es necesario inscribir al perro en el registro municipal de PPP e identificarlo con chip. En caso de que tengamos más de un perro catalogado como PPP se debe identificar e inscribir a cada uno de ellos, pero no es necesario volver a obtener la licencia para cada uno de ellos. OBLIGACIONESAdemas de cumplir los requisitos administrativos anteriores, durante el día a día con nuestro perro la ley nos exige cumplir una serie de obligaciones. Cuando lo saquemos de paseo, y esto normalmente será por lugares públicos, debemos cumplir lo siguiente:La persona que vaya con el perro ha de llevar la licencia y la acreditación de la inscripción del perro en el registro de PPP. El animal debe llevar bozal. La correa no debe ser extensible y su longitud menor de 2 metros. También se establecen las condiciones del recinto en el que habiten:Debe disponer de un cerramiento adecuado y con altura suficiente. Si el cerramiento es inexistente o inadecuado, debe estar atado. Los criadores, adiestradores y comerciantes de estas razas deben tener instalaciones y medios adecuados. Finalmente, el de robo o pérdida del animal debe ser comunicado al registro municipal de PPP en un plazo máximo de 48 horas. Fuente original: BOE 27 de marzo de 2002 |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:18
eso ya me lo se, la licencia la tengo en trámites. lo que no se es si se lo hay que poner a un cachorro, cosa que no voy a hacer... me estan amargando la vida en un pueblo de unos 500 habitantes y solo por ser el nuevo y tener un PitBull ademas juego con ella en un descampado en el que no hay nadie, pero nadie nadie.... y me vienen a buskar!! no me paso en ningun sitio, y me viene pasar en un pueblo aparentemente tranquilo.... vine vivir aqui por el tema de star tranquilo con mi perra y me joden!!! |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:35
Joder, lo que me faltaba ya por oír, hasta en una "mierda" de pueblo no se puede estar tranquila???? Seguro que son las marujonas de turno que no tienen nada que hacer... o la GC.... |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:43
aunque no le quieras poner el bozal por lo menos llevalo contigo por lo menos para que vean que lo llevas es la ley y mientras no se cambie hay que cumplirla sea en una ciudad o en pueblo de 500 habitantes si no te puede pasar lo que te ha pasado |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:46
La ley es un asco... mira que irte a un descampao, donde no hay gente, y venga la gente a tocarte las narices, y encima un cachorro...P.D. Moro yo antes vivia igual y tube suerte de que a mi no me denunciaran... te doy una recomendación, ves con el perro a la ciudad, para socializarlo con los ruidos de la ciudad, coches, bicis... y perros nuevos... |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:50
aunque sea injusto o no, si saves que estas incumpliendo la ley sabes tambien a lo que te puedes arriesgar aunque sea en un puebluxo y mas tal y como estan las cosas con los PPPcreo que habian dicho cheese que estaban revisando la ley,,,,haber que sale de ahi |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:52
Lo unico que puedes hacer es recurrirla por ser cachorro, o sacarle el test de sociabilidad en un veterinario que lo haga, es un poco caro (creo que de 30 a 50 euros) pero nada comparable a lo que te pueden poner de multa. Con ese test (no se si ahi lo hacen) te quitan la multa por llevarlo sin bozal, ya que con él se demuestra que el perro no es agresivo ni peligroso. |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 10:58
Jejeje... blancaynegra.... eso solo vale para la comunidad valenciana... |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 11:26
AAAHH no lo sabia, que lastima entonces, aqui vamos mas avanzados. |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 11:28
Si, la verdad, ojala estuviera en toda españa, pero lo que deberia de valer es el BH no es caca test de sociabilidad... |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 11:46
Si, la verdad, ojala estuviera en toda españa, pero lo que deberia de valer es el BH no es caca test de sociabilidad... |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 11:56
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 12:08
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 12:24
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 12:25
Por dios... pero si el BH es una tonteria... le has hechado un vistazo...?? Vamos a mi me parece lo MINIMO que deberían de tener TODOS los perros... |
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Titulo: Ayuda, me denuncian!! |
Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 12:28
Tu sabes que la multa es muy pero muy alta??Alomejor solo es un aviso, por que la policia y la guardia, suele avistar antes y mas si es un cachorro.Como te multen mejor que se lleben al perro porque es un paston!!Oscilan entre 300 y 2400€ |
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Sexo: Mujer
Edad: 34 años Provincia: Santa Cruz de Tenerife |
Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 12:34
Igual si le pones un halty aunque uses el collar, como bozal, que no les suele molestar mucho, puedes recurrir al hecho de que el perro va con la boca tapada... no lo se la verdad. |
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cariycurroAntiguo Usuario |
Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 12:57
Tu sabes que la multa es muy pero muy alta??Alomejor solo es un aviso, por que la policia y la guardia, suele avistar antes y mas si es un cachorro.Como te multen mejor que se lleben al perro porque es un paston!!Oscilan entre 300 y 2400€ |
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Publicado: Wednesday 27 de October de 2010, 13:20
Si ya te han denunciado, podras recurrir y ver que pasa, yo nunca le pongo el bozal a mi perra, me los cruzo casi a diario, y nunca me han parado(bueno si una vez pero para acariciarla) la verdad que yo por mi zona no me puedo quejar en absoluto porque me consiidero un privilegiado, el tema del halty decirte que no es bozal, y si bien les puedes engañar, si te quieren buscar las cosquillas te multan, la verdad estamos un poco desprotegidos, ai mil mañas y argucias para despistarles, poner un bozal de una talla mayor, llevarlo solo al cuello, decr que acaba de beber agua, que tiene una alergia y te ha dicho el vet que este un par de dias sin el etc etc etc etc pero si el poli va a por ti esta crudo el tema, pero bueno si lo llevas ante un juez, pues ahora ya pasas a depender del juez, y me imagino que tendras que demostrar que tu perra es buena que es un cachorro y demas, yo no se muy bien como va pero me imagino que sera un poco como las multas de coche, que al final si tienes dinero,tiempo y ganas las recurres y el 90% de las veces te quitan la multa, pero bueno ya nos contaras.Por cierto te dijeron que si firmaras algo o simplemente hablaron contigo? |
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