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Foro de Discusión General

Me quieren denunciar por que mi perro ha mordido a un hombre. Que hacer?

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Moderadores: Damzel, sandrarf
Titulo: Me quieren denunciar por que mi perro ha mordido a un hombre. Que hacer?

Antiguo Usuario
Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:14
zzzzzzzzzzzzzzzzzzzzz zzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzzz zzzzzzzzzzzzzzzzzzLo dicho, la historia de la creacion.Mira macho pregunta a un abogado y decide. Pero ten mas cuidado la proxima vez. Esperemos que no haya proxima. Suerte.
amor canino sin más.., ya te dije que me encantaaaaa  tu nick....pero si me permites la broma.. te mando un saludo y no un beso.
Mensajes personales por privado. Primer aviso. No desvies.
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amorcaninosinmas

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:18
darth si me estas llamando gay tengo mujer e hijos pero si fuera gay no pasaba nada. Pero aparte homofobo. Macho no te libras de nada jeje. Insultas a las mujeres por privado, las llamas incultas por las faltas de ortografia cuando escribes por que separado cuando es junto en respuesta y ahora presumes de homofobia. Por dejar  reirte de los demas haces que nos riamos de ti. A estas alturas de siglo asi. Te estas retratando muy bien con los tres niks o cuatro con los que has entrado. Es que la mitad de los foreros sabemos de tu mania de cambiar de nick y liarla. Te lo han dicho en muchas ocasiones. Muchas personalidades no son buenas para el coco macho. Penoso. A ver si tienes vida propia y dejas el foro. Poquitos te quieren por aqui.tu solo.
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akiara

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7487 mensajes
Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:19
chicos ya vale , vuestros problemas los solucionais por privado  porfavor
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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:20
Segundo aviso: respetar el tema del autor. Y mensajes personales en privado. Al final siempre se cierran por los mismos.
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chese123

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:26
Haber que el chico quiere que le ayudemos no que discutamos entre nosotros.Yo pienso que lo mejor es que pague pero aunque sea por el mero hecho de que la víctima no denuncia y le pide dinero ya me huele mal.Por ello y porque según cuenta el chico el perro está sociabilizado en parte le doy la razón a Darth.Pienso que sería interesante preguntar a ver si alguien vio si provocara al perro.Parte de lesiones upongo que tiene puesto que tiene puntos ...
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maverick82

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:38
totalmente de acuerdo con darth.ve a un abogado e informate.el resto...sobra
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DARTH

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:40
Haber que el chico quiere que le ayudemos no que discutamos entre nosotros.Yo pienso que lo mejor es que pague pero aunque sea por el mero hecho de que la víctima no denuncia y le pide dinero ya me huele mal.Por ello y porque según cuenta el chico el perro está sociabilizado en parte le doy la razón a Darth.Pienso que sería interesante preguntar a ver si alguien vio si provocara al perro.Parte de lesiones upongo que tiene puesto que tiene puntos ...
si tiene puntos tendrá cicatrices faciales, y eso tambien se paga, son secuelas al fin y al cabo..pero repito que es el médico forense que determina las mismas..Y más con los punto faciales que como no se haga fotos,,,,ya adelanto que los cirujanos maxilofaciles cosen muy pero que muy bien..puede que tenga que pagar 4000 euros, no lo sé..pero esto es como si yo, despues del accidente.. me hubiera ido a la aseguradora de la parte contraria a decirle:mire, si me da 4000 euros nos olvidamos de todo esto..las cosas asi no se hacen,,repito que ni el abogado podria hacer lo que este individuo dice y propone..no es legal,
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timberlakex

Aprendiz
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7 mensajes
Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:43
¿Sabes si la persona provocó al perro? ¿Fue al médico?
El hombre fue a urgencia y tiene un parte medico. La guardia civil hablo con mi vecina y ella dicho que seguramente el hombre provoco al perro... Asi que ella podria ser testigo si fueramos al juzgado.Una pregunta, sabes que multa me podria caer por tener un perro peligroso y no tenerlo registrado o asegurado.El problema no solo es si pago o no pago a este hombre. Luego podria denunciarme por tener un perro peligroso sin tenerlo registrado...El perro no es de raza peligrosa, pero si tiene las caracteristicas...¿Qué son perros potencialmente peligrosos?1º Los que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces: PIT Bull Terrier  Staffordshire Bull Terrier  American Staffordshire Terrier  Rottweiler  Dogo Argentino  Fila Brasileiro  Tosa Inu Y Akita INU.2º Todos los perros que NO pertenezcan a las razas anteriores pero sí cumplan todas o la mayoría de las siguientes características:    * Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.    * Marcado carácter y gran valor.    * Pelo corto.    * Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 Kg.    * Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta , ancha y profunda.    * Cuello ancho, musculoso y corto.    * Pecho macizo, ancho grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.    * Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
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DIDO

Casi Adicto
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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:45
Aunque el hombre provocara al perro, el perro le mordió quien tiene las de perder es el perro ante todo.Yo personalmente pagaría y ya está, si quiere ir a un abogado perfecto pero al final tendrá que pagar.Evidentemente hay que ver que lesiones tiene el hombre, pero si le pide esa cantidad presupongo que no será por un susto del perro, supongo que tendrá lesiones.Un perro bien sociabilizado no ataca a una persona así como así
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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:46
No te enfades y disculpa si te ofendo de antemano, pero hay demasiada información como para que hasta que no pase algo de esto no regularices a tu perro. No puedes decir que es que no sabías que tenías que tener regularizado al perro. Y aunque no lo supieras eso no te exime de tenerlo en condiciones.Ahora te ves en esta tesitura que se puede convertir en algo bastante gordo. Hacer las cosas bien te quitan muchos problemas.Si tu perro le hace algo grave, sale en los telediarios y ya tenemos un perro peligroso. Por favor, en beneficio de las razas y para no favorecer el que se les tenga miedo sin razón, hagamos las cosas bien.Suerte.
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DARTH

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:53
la ley de PPP, establece una sanción minima de 300 euros, si llevas por ejemplo el perro suelto, sin bozal o no llevas la licencia encima,,aunque depende no sé si afecta este hecho en todas las comunidades autonomas..Hasta unos 2400 si no tienes la misma o no tienes el perro registrado..esto por un lado, por otro lado, penalmente cambiaria y mucho las cosas..consejo:un abogado que redacte un contrato privado, en el que mediante la indemnización la persona declina inciar o emprender acciones legales,,que se da por idemnizado vaya..es que sino..4000 euros, son comicos..si quiere te saca los ojos..
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chese123

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 16:54
Si pagas tienes que asegurar que luego no te denuncie igual o que no te pida más dinero.Yo iría cuanto primero a asegurar a los perros.Depende del ataque que le hagan al perro, si por ejemplo le intentó pegar o algo es lógico que el animal haga algo.
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DARTH

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:00
Si pagas tienes que asegurar que luego no te denuncie igual o que no te pida más dinero.Yo iría cuanto primero a asegurar a los perros.Depende del ataque que le hagan al perro, si por ejemplo le intentó pegar o algo es lógico que el animal haga algo.
No, mediante el contrato que menciono o la liquidación de haberes ya basta..es como si te finiquitan del trabajo si firmas lo aceptas..las aseguradoras, funcionan igual, pero si estoy contigo en que lo primero es regularizar la situación del perro, porque le pueden denunciar..suerte tuvistes que los guardias no tenian ni idea..entiendo que con ley en mano..le hubieran podido hasta detener..esto por un lado por otro lado..los del SEPRONA con estos temas son muy pero que muy cañeros...creeme
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DARTH

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:06
a ley de PPP, es clara considera, como:Artículo 13. Infracciones y sanciones.1. Tendrán la consideración de infracciones administrativas muy graves las siguientes:a) Abandonar un animal potencialmente peligroso de cualquier especie y cualquier perro, entendiéndose por animal abandonado, tanto aquél que vaya preceptivamente identificado, como los que no lleven ninguna identificación sobre su origen o propietario, siempre que no vayan acompañados de persona alguna. b) Tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia. c) Vender o transmitir por cualquier título un perro o animal potencialmente peligroso a quien carezca de licencia. d) Adiestrar animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas. e) Adiestrar animales potencialmente peligrosos por quien carezca del certificado de capacitación. f) La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos, o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales.2. Tendrán la consideración de infracciones administrativas graves las siguientes:a) Dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada o extravío. b) Incumplir la obligación de identificar el animal. c) Omitir la inscripción en el Registro. d) Hallarse el perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena. e) El transporte de animales potencialmente peligrosos con vulneración de lo dispuesto en el artículo 10 de esta Ley. f) La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes, en orden al cumplimiento de funciones establecidas en esta Ley, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa.3. Las infracciones tipificadas en los apartados anteriores podrán llevar aparejadas como sanciones accesorias la confiscación, decomiso, esterilización o sacrificio de los animales potencialmente peligrosos, la clausura del establecimiento y la suspensión temporal o definitiva de la licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos o del certificado de capacitación de adiestrador.4. Tendrán la consideración de infracciones administrativas leves, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente Ley, no comprendidas en los números 1 y 2 de este artículo.5. Las infracciones tipificadas en los anteriores números 1, 2 y 3 serán sancionadas con las siguientes multas:- Infracciones leves, desde 25.000 hasta 50.000 pesetas.- Infracciones graves, desde 50.001 hasta 400.000 pesetas.- Infracciones muy graves, desde 400.001 hasta 2.500.000 pesetas.6. Las cuantías previstas en el apartado anterior podrán ser revisadas y actualizadas periódicamente por el Gobierno.7. El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a los órganos de las Comunidades Autónomas y municipales competentes en cada caso.8. Se considerarán responsables de las infracciones a quienes por acción u omisión hubieren participado en la comisión de las mismas, al propietario o tenedor de los animales o, en su caso, al titular del establecimiento, local o medio de transporte en que se produzcan los hechos, y en este último supuesto, además, al encargado del transporte.9: La responsabilidad de naturaleza administrativa, prevista en este artículo, se entiende sin perjuicio de la exigible en las vías penal y civil.10. En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito o falta, la autoridad competente podrá acordar la incautación del animal hasta tanto la autoridad judicial provea acerca del mismo, debiendo dar traslado inmediato de los hechos al órgano jurisdiccional competente.asi mismo dice:Disposición adicional primera. Obligaciones específicas referentes a los perros.Para la presencia y circulación en espacios públicos de los perros potencialmente peligrosos, será obligatoria la utilización de correa o cadena de menos de dos metros de longitud, así como un bozal homologado y adecuado para su raza.Disposición adicional segunda. Certificado de capacitación de adiestrador.Las Comunidades Autónomas determinarán, en el plazo de seis meses, las pruebas, cursos o acreditación de experiencia necesarios para la obtención del certificado de capacitación de adiestrador.Disposición adicional tercera. Ejercicio de la potestad sancionadora.El procedimiento sancionador se ajustará a los principios de la potestad sancionadora contenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como al Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, sin perjuicio de las normas autonómicas y municipales que sean de aplicación.Disposición transitoria única. Registro municipal.Los municipios, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley, deberán tener constituido el Registro municipal correspondiente y determinar la forma en que los actuales tenedores de perros potencialmente peligrosos deberán cumplir la obligación de inscripción en el Registro municipal y el mecanismo de comunicación de altas, bajas e incidencias a los Registros Centrales informatizados de cada Comunidad Autónoma.Disposición final primera. Título competencial.Los artículos 4 y 9.1 de la presente Ley tienen carácter básico, al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y bases y coordinación general de la sanidad.Los restantes artículos se dictan con el fin de garantizar adecuadamente la seguridad pública atribuida al Estado en virtud de lo dispuesto en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución, sin perjuicio de las competencias que, de acuerdo con sus Estatutos, tengan atribuidas las Comunidades Autónomas, en materia de protección de personas y bienes y mantenimiento del orden público.Disposición final segunda. Habilitación.Se faculta al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento y ejecución de la presente Ley.Disposición final tercera. Entrada en vigor.La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».Por tanto,Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.Madrid, 23 de diciembre de 1999. JUAN CARLOS R.Asi que suerte y mucha de que los guardias fueron tibios..
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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:06
Si pagas tienes que asegurar que luego no te denuncie igual o que no te pida más dinero.
Es que lo tenía que haber asegurado antes de todo esto. Debería saberlo.
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chese123

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:12
Si pagas tienes que asegurar que luego no te denuncie igual o que no te pida más dinero.
Es que lo tenía que haber asegurado antes de todo esto. Debería saberlo.
Tendría que haberlos asegurado antes, pero yo me refería a que igual le paga y después le denuncia igual para sacar más dinero.Que hay mucho listo.
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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:15
Si pagas tienes que asegurar que luego no te denuncie igual o que no te pida más dinero.
Es que lo tenía que haber asegurado antes de todo esto. Debería saberlo.
Tendría que haberlos asegurado antes, pero yo me refería a que igual le paga y después le denuncia igual para sacar más dinero.Que hay mucho listo.
Eso es. Es que hay cada uno...
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DARTH

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Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:30
No lo ha hecho y ya esta..ahora que si esto le llega a pasar, y no me refiero esta situación, ni con ese perro, ni con este propietario,,,Pero esto le pasa a un familiar mio y conocido, y hubiera sido un mal hueso..bueno de entrada, hubieran pillado hasta los guardias si me apuras, creo que tienen que saber de leyes..ante un caso de esto lo primero que se pide es DNI, licencia de PPP, seguro de responsabilidad, y  cartilla sanitaria del perro, debe estar debidamente vacunado.Por el mero hecho de no tomar las medidas necesarias, si el perro hubiera estado atado, tal como dice la ley..se han producido una lesiones, sinceramente creo que los guardias fueron algo tibios,
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Amazic

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Sexo: Hombre
Edad: 47 años
Provincia: Santa Cruz de Tenerife
Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:45
siento q tu perro haya mordido a una persona acude a un abogado pq aunq al señor q a mordido y a presentado denuncia y tiene partes de lesiones, para mi q es un vividor el tio y ya a pasado por mas cosas asi pq si no de que te va a pedir 4000 euros q le vas a pagar tus sus deudas y si tu vecina dice q provoco al perro para q lo mordiera el señor ese lo q iba buscando es dinero... Ves cuanto antes a un buen abogado y q t mueva todo para solucionarlo cuanto antes y no estaria mal q sacases el seguro al perro cuanto antes  para evitarte males mayores....
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Titulo: Me quieren denunciar por que mi perro ha mordido a un hombre. Que hacer?

DARTH

Antiguo Usuario
Publicado: Monday 11 de January de 2010, 17:56
siento q tu perro haya mordido a una persona acude a un abogado pq aunq al señor q a mordido y a presentado denuncia y tiene partes de lesiones, para mi q es un vividor el tio y ya a pasado por mas cosas asi pq si no de que te va a pedir 4000 euros q le vas a pagar tus sus deudas y si tu vecina dice q provoco al perro para q lo mordiera el señor ese lo q iba buscando es dinero... Ves cuanto antes a un buen abogado y q t mueva todo para solucionarlo cuanto antes y no estaria mal q sacases el seguro al perro cuanto antes  para evitarte males mayores....
a ver...yo provoco  a un tio le llamo hijo de p...y me mete un puñetazo y me rompe la nariz..lo condenan igual, haya provocado yo o no la sitacióny en este caso pasa lo mismo
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