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Publicado: Wednesday 16 de February de 2011, 17:49
hola, buenas noches..he leido las 40 paginas de la ley que haces mencion y no he visto nada de que este prohibido la cria sin nucleo zoologico, es mas no he visto nada de mencion de nucleo zoologico...donde lo has leido??saludos "Artículo 39. Infracciones graves.Son infracciones graves:i. La cría o comercialización de animales sin cumplir los requisitos correspondientes."
hola sigo releyendo y leyendo y puede parecer que sea tonto, pero no lo encuentro.sobre lo que yo he leido y he interpretado sobre esta ley es la misma base que la ley de los derechos de los animales internacional.por ejemplo aqui en francia, es permitido criar a particulares, pero como todo el proceso tengan o no LOF de los datos del chip los regula la Societe Canine Central De Francia es facil hacer un seguimiento ya que digamos depende directamente del estado y ellos hacen todo lo referente a libros de origines "en Espana son diferentes organismos y que no se comunican entre ellos", se pone un limite de camadas para esto de dos anuales por domicilio y por propietario, en el caso de que sean mas lo mas seguro es que llamen a tu puerta unos senores acompanados de la Policia, aparte de mirar todo lo referente a lo administrativo, hara una inspeccion del estado de los animales, instalaciones y demas, y despues te daran a conocer la sancion que te pondran, la mas comun es la sancion por fraude de impuestos.Un particular no puede tener mas de 9 perros adultos y todos deben de estar en super optimas condiciones de vida e higiene, en caso contrario que quieras criar con mas frecuencia tendras que realizar un curso de cria y cuidados caninos, 5 dias de curso y creo recordar que nos costo como 400€, una vez obtenida la licencia por la formacion realizada y te llega un N° siret y con esto tienes que enviarlo a la DSV, creo que se pude traducir como Diligencia de Seguridad Veterinario o algo asi, "aveces noes facil traducir" ellos te dan un dia para una citacion en tu casa, y miran tus instalaciones, numero de perros adultos, cuales son utilizados para la cria etc... dependiendo del numero que tengas, te hacen cambiar o no tus instalaciones, yo por ejemplo tube que hacer kennels pero nos los utilizamos ya que ellos viven con nosotros, pero tal y como nos dijo la DSV y si uno se enferma??.... la verdad es que tengo los tres que me hicieron hacer abiertos y ellos entran y salen, ademas una vez regulado como criador tienes que pagar un % anualmente en concepto de cotizacion ya que ellos determinan que la horas que tu usas para atenderlos, jugar o lo que sea es como otro trabajo....Resultado de todo esto, menos explotadores o junta perros como querais llamarlos, mas control y calidad respecto a perros inscritos en una camada "por que aqui senores al dar de alta una camada" la SCC te envian personas para controlar el numero y sexo de los cachorros esto pasa el 50% de las ocasiones, en Espana no lo he visto ni lo he escuchado que lo hagan en realidad. Etc...lo siento por este rollo que he soltao pero quiero decir que las cosas bien echas, al final lo que hace es valorizar las razas...despues tambien, el estado te ayuda para la adopcion de un animal que este en una perrera, cosa que en espana muchas de ellas salen a adelante gracias a las donaciones de gente desinteresada...bueno pues eso, me gustaria encontrar la parte esa que dices y mi interes es simplemente curiosidad ya que estaria contento de que una vez por todas se pusiera mas interes desde las autoridades por el bienestar de nuestros amigos.Saludos!! |