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Publicado: Friday 03 de September de 2010, 15:22
(EXPOSICIONES Y CONCURSOS DE BELLEZA)I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓNLa Real Sociedad Canina de España, con el fin de valorar y seleccionar los ejemplares más representativos de cada una de las razas caninas que puedan ser utilizados para la crianza y contribuir con ello a mejorar las razas puras, siguiendo los criterios morfológicos, estéticos y de comportamiento establecidos en los estándares de cada raza, aprobados por la Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.), y aceptados por la R.S.C.E., y en el caso de perros de razas puras españolas, por los estándares oficiales publicados en el Anexo al R.D. 558/2001; Orden Ministerial del M.A.P.A. de fecha 2 de agosto de 2001; Orden A.P.A. 880/2002, de 17 de abril; Orden A.P.A. 807/2004, de 24 de marzo; y R.D. 1557/2005, de 23 de diciembre, organiza exposiciones y concursos de belleza o estructura canina, juzgados por jueces cualificados de reconocida experiencia que tienen en cuenta en sus calificaciones las cualidades y posibles defectos de cada uno de los ejemplares exhibidos.IICERTÁMENES DE MORFOLOGÍA CANINAARTÍCULO 1ºDentro de las competencias que le son atribuidas, y en virtud de su condición de miembro federado de la F.C.I. desde 1912, la R.S.C.E. puede conceder, en las exposiciones que organiza, los denominados Certificados de Aptitud de Campeonato de Belleza (C.A.C.), valederos y puntuables para obtener el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E., que se pone en competición en las exposiciones nacionales de campeonato que organiza la sociedad o autoriza para que se otorgue en otras exposiciones organizadas por asociaciones colaboradoras de la R.S.C.E.; y el Certificado de Aptitud de Campeonato Internacional de Belleza (C.A.C.I.B.) que concede la F.C.I., y que autoriza se ponga en juego en las exposiciones organizadas por las asociaciones nacionales que forman parte de la misma, pudiendo éstas, a su vez, autorizar a otras asociaciones caninas del país, colaboradoras suyas, a que se ponga en competición, si así lo consideran oportuno. Se denominan exposiciones internacionales a las que se pone en competición el C.A.C.I.B.; y nacionales cuando es el C.A.C. el que se pone en juego.Las marcas C.A.C.. y C.A.C.I.B. son propiedad en España de la Real Sociedad Canina de España, estando registradas legalmente a su nombre, con los números 2068093 y 2068097 en la Oficina Española de Patentes y Marcas.ARTÍCULO 2ºLos distintos certámenes de belleza o estructura canina de la R.S.C.E. se clasifican en:a) Concursos (generales o monográficos)Son todos aquéllos en los que no se pone en competición el C.A.C. ni el C.A.C.I.B..Los concursos generales, de todas las razas, son juzgados por Jueces en prácticas o por Jueces internacionales o nacionales que estén habilitados por la R.S.C.E. para juzgar razas distintas a las que juzgarán en el concurso.Los concursos monográficos, de una o varias razas, organizados por los clubes de raza colaboradores de la R.S.C.E., pueden ser juzgados por Jueces en prácticas de la R.S.C.E., Jueces nacionales o internacionales de la raza.b) Exposiciones Nacionales (generales o monográficas)Reciben esta denominación las exposiciones en las que se pone en juego el C.A.C. de la R.S.C.E., valedero para el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y en las que pueden participar sólo perros de pura raza.Estas exposiciones deben ser juzgadas por Jueces de razas caninas habilitados por la R.S.C.E. o por otra asociación afiliada a la F.C.I. para juzgar exposiciones de C.A.C., y habrán de ajustarse en su organización y desarrollo a lo establecido en el presente reglamento.c) Exposiciones InternacionalesSe denomina así, tanto en España como en el extranjero, a aquellas exposiciones de todas las razas caninas en las que se otorga a los ejemplares vencedores en cada una de las razas, o variedades reconocidas dentro de las mismas razas, el C.A.C.I.B. de la F.C.I. Podrán actuar como jueces en estas exposiciones quienes estén habilitados para ello por la R.S.C.E. y por la F.C.I..IIICOMISIÓN EJECUTIVAARTÍCULO 3º. COMPOSICIÓNLa responsabilidad del desarrollo del certamen correrá a cargo de una Comisión Ejecutiva de la exposición, formada por miembros del Comité de Dirección de la R.S.C.E., o de la Junta Directiva de la sociedad organizadora en su caso, excepto el Comisario General que podrá no serlo. Estará compuesta por un Presidente y un mínimo de tres vocales, uno de los cuales actuará como Comisario General de la exposición.Ninguno de los miembros de la Comisión Ejecutiva de la exposición podrá inscribir perros de su propiedad, ni presentar perros de terceros en el certamen.ARTÍCULO 4º. COMPETENCIASLa Comisión Ejecutiva de la exposición velará para que se cumpla el presente reglamento, pudiendo adoptar para ello, y para los casos no previstos en él, las medidas y acuerdos que se estimen necesarios. Asimismo será la encargada de evaluar las posibles infracciones y aplicar, en su caso, las correspondientes sanciones.La Comisión Ejecutiva de la exposición es competente para resolver las reclamaciones que hagan los expositores y que puedan ser resueltas en el curso de la exposición. Las que requieran un mayor plazo para ser solucionadas han de hacerse por escrito dirigidas al Presidente de la Comisión Ejecutiva en un plazo máximo de 8 días transcurridos desde el de clausura de la exposición.El Presidente de la Comisión Ejecutiva, como máximo responsable de la organización, y el Comisario General, tendrán acceso a todos los rings, aunque no pueden intervenir en los juicios.IVINSCRIPCIONES, CATÁLOGO Y CONTROL DE RESULTADOSARTÍCULO 5º. HOJA DE INSCRIPCIÓNSe editará o publicará un folleto informativo de la exposición y, adjunto al mismo, se facilitará gratuitamente una hoja de inscripción, en donde el expositor o propietario del ejemplar hará constar los siguientes datos: raza y variedad, nombre del ejemplar con su afijo, si lo tuviere, fecha de nacimiento del perro, sexo, identificación (tatuaje o microchip), clase o clases en que se inscribe, nombre de los padres, número de inscripción en un libro de orígenes reconocido oficialmente, nombre del propietario y nombre del criador. En el mismo documento, el expositor firmará que los datos que expresa son ciertos "de buena fe", que su ejemplar está sano y no tiene contacto con otros animales que padezcan enfermedades infectocontagiosas. El hecho de participar en la exposición supone que el expositor conoce y acepta el presente reglamento y que autoriza expresamente a la entidad organizadora para que pueda publicar en el catálogo de la exposición sus datos personales, salvo que expresamente manifieste lo contrario al formalizar la inscripción.ARTICULO 6º. LIMITACIONES Y EXCLUSIONESLos ejemplares que participen en exposiciones de campeonato de la R.S.C.E., en las que se ponga en juego el C.A.C. de la R.S.C.E. y/o el C.A.C.I.B. de la F.C.I., deberán estar inscritos necesariamente en el L.O.E., único libro genealógico canino español que reconoce la F.C.I., o en el R.R.C. de la R.S.C.E., cuando sus propietarios sean residentes en España.Los expositores extranjeros propietarios de ejemplares inscritos en libros genealógicos reconocidos internacionalmente por la F.C.I., deberán acompañar a la inscripción la fotocopia del pedigrí original.Quienes presenten perros inscritos inicialmente en libros genealógicos caninos reconocidos oficialmente en España, de acuerdo con lo establecido en el R.D. 558/2001 de 25 de mayo, que sean residentes en España, deberán acompañar a la inscripción una fotocopia del pedigrí original, identificación (tatuaje o microchip) y el documento acreditativo de que ha sido dado de baja en el libro genealógico inicial, e inscrito a su nombre en el L.O.E. o R.R.C..Asimismo, los propietarios de los ejemplares que hayan de inscribirse en Clase de Campeones deben aportar con la inscripción una fotocopia o certificación del título que ostentan. Para la Clase de Trabajo deberá unirse a la inscripción una fotocopia del documento que acredite haberse obtenido la calificación necesaria para poder participar en esta clase.Toda inscripción que no vaya acompañada del total importe de los derechos correspondientes, podrá darse por no recibida.Una vez iniciada la exposición, cualesquiera que sean las circunstancias que concurran, no se devolverá el importe de las inscripciones.Los expositores podrán formalizar directamente sus inscripciones en las oficinas de la entidad organizadora, por correo postal, correo electrónico, fax o cualquier otro medio que acredite su recepción y el pago correspondiente.El resguardo de la inscripción y recibo de pago podrán ser exigidos al expositor cuando vaya a retirar la documentación para participar en la exposición.ARTÍCULO 7º. CATÁLOGO, NÚMERO DEL EJEMPLAR Y TARJETAS DE CALIFICACIÓNCon los datos de todos los ejemplares inscritos en plazo y forma, se confeccionará un catálogo siguiendo el orden de grupos, secciones y razas aprobado por la F.C.I. Dentro de cada raza los perros participantes se relacionarán en el catálogo por clases, separando los machos de las hembras y se numerarán de forma correlativa, indicando el nombre del perro, número de registro, fecha de nacimiento, color, identificación (tatuaje o microchip), nombres de los padres, así como nombres del criador y propietario salvo que, expresamente, hayan manifestado su negativa al formalizar la inscripción.En el catálogo sólo se pueden publicar los títulos de Campeón Internacional y Nacional que hayan sido homologados, así como también los títulos oficiales conseguidos en las Exposiciones Mundiales o de Sección de la F.C.I. (Vencedor mundial, Vencedor Joven Mundial, Vencedor de la Sección …. y Vencedor Joven de la Sección…)Siempre que se pueda verificar, constará como propietario del perro participante el que figure como tal en las bases de datos de la R.S.C.E..En el supuesto de que un perro inscrito en una exposición haya cambiado de propietario, deberá realizarse la transferencia de propiedad, al menos, 45 días antes de la celebración de la exposición si se desea que dicho cambio figure en el catálogo.Los cachorros se relacionarán en anexo. Se ordenarán de la misma forma y serán numerados a continuación de los perros de las clases superiores.Se designarán las razas en idioma castellano y en el de la comunidad autónoma o país extranjero de su origen.Deberá hacerse constar en la portada del catálogo la categoría de la exposición de que se trate: internacional (C.A.C.I.B.) o nacional (C.A.C.).Cuando se trate de exposiciones nacionales, se hará constar “Exposición Nacional Canina poniendo en competición el C.A.C. de la R.S.C.E.”, junto con el logotipo de la R.S.C.E.En el caso de exposiciones internacionales se deberá indicar “Exposición Canina Internacional con atribución del C.A.C.I.B. de la F.C.I.”, debiendo aparecer el logotipo de la R.S.C.E. y el de la F.C.I., junto a la siguiente expresión “Fédération Cynologique Internationale (F.C.I.)”.Se facilitará gratuitamente un ejemplar del catálogo a cada expositor, independientemente de los perros inscritos en la exposición o de que por razones de fuerza mayor no haya podido acudir a la exposición. En este último caso, le será enviado, previa solicitud y una vez abonados los gastos correspondientes.Todos los expositores deberán acceder al ring provistos del número de orden con el que figuran en catálogo, que les será enviado a su domicilio o entregado al inicio de la exposición.Los jueces dispondrán de un carné de juez en el que se reflejarán las calificaciones y clasificaciones que otorguen en cada una de las razas y clases que juzguen y que, una vez firmado, deberá ser entregado en la Secretaría de la exposición a la conclusión de sus juicios.También dispondrán los jueces de tarjetas de calificación, que entregarán cumplimentadas y firmadas a cada expositor, con las calificaciones y clasificaciones otorgadas, al finalizar los juicios.El juez debe ser informado previamente de las razas y del número de perros que va a juzgar.Es facultativo de la sociedad organizadora decidir si el juez juzga haciendo rapport o no. El máximo de perros que un juez podrá juzgar por día de exposición es de 150 ejemplares si no se le exige rapport escrito. No obstante, la Comisión Ejecutiva de la exposición deberá procurar que un juez no juzgue más de 20 perros por hora y un máximo de 80 perros por día, en el caso de que deba hacer un rapport de cada uno de ellos.No podrán participar en las exposiciones los perros que no estén incluidos en el catálogo, excepto que el expositor acredite documentalmente el envío de la inscripción y el pago de la misma antes de la fecha de cierre y siempre con el visto bueno del Comisario General de la exposición.Una vez impreso el catálogo, no se podrá transferir un perro de una clase a otra a no ser que el problema se deba a un error de impresión.ARTÍCULO 8º. CONTROL DE RESULTADOSLa secretaría de la exposición se ocupará de la recepción y verificación de los datos que facilitarán los jueces una vez terminados sus juicios, ordenando las calificaciones por razas y clases que deberán ponerse a disposición de la Comisión Ejecutiva de la exposición, la cual levantará acta de los resultados para su posterior homologación por el Comité de Dirección de la R.S.C.E. y, en su caso, por la F.C.I..Los juicios que emitan los jueces y las calificaciones que otorguen son inapelables.Todos los resultados publicados tienen la consideración de provisionales hasta que sean homologados por el Comité de Dirección de la R.S.C.E. y, en su caso, por la F.C.I..VCOMISIÓN DE ADMISIÓN Y CLASIFICACIÓN Y SERVICIOS VETERINARIOSARTÍCULO 9º. COMPOSICIÓN Y COMETIDOSSerá misión de la Comisión de Admisión y Clasificación controlar la exactitud de los datos que figuran en las inscripciones, clasificarlas en su clase y grupo correspondientes, ocuparse de la efectividad del control veterinario y de la corrección de las clasificaciones, de acuerdo con el presente reglamento.Será Presidente de la Comisión de Admisión y Clasificación el que lo sea de la Comisión Ejecutiva de la exposición; y deberán formar parte de ella, necesariamente, el Comisario General de la exposición y el Veterinario a cuyo cargo esté el control de salud de los perros participantes.ARTÍCULO 10º. GRUPOS Y SECCIONES DE LA F.C.I.Los ejemplares se clasificarán en los grupos y secciones fijados por la F.C.I., que son los siguientes:GRUPO 1Perros de Pastor y Perros Boyeros (excepto Perros Boyeros Suizos)SECCIÓN I: Perros de PastorAUSTRALIA Australian KelpieBÉLGICA Perro de Pastor Belga (Chien de Berger Belge)a) Groenendaelb) Laekenoisc) Malinoisd) TervuerenSchipperkeCHECOSLOVAQUIA(ESLOVAQUIA)Perro Lobo Checoslovaco (Ceskoslovensky Vlcak)CROACIA Perro de Pastor Croata (Hrvatski Ovcar)ALEMANIA Perro de Pastor Alemán (Deutscher Schäferhund)ESPAÑA Ca de Bestiar (Perro de PastorMallorquín)Gos d’Atura Català (Perro de Pastor Catalán)Majorero (No aceptada F.C.I.)Euskal Artzain Txakurra (Perro de Pastor Vasco) (No aceptada F.C.I.)Perro de Pastor Garafiano (No aceptada FC.I.)FRANCIA Perro de Pastor de Beauce (Berger de Beauce)Perro de Pastor de Brie (Berger de Brie)Perro de Pastor de Picardie (Berger Picard)Perro de Pastor de los Pirineos de pelo largo (Berger des Pyrénées à poil long)Perro de Pastor de los Pirineos de cara rasa (Berger des Pyrénées à face rase)GRAN BRETAÑA Bearded CollieBorder CollieRough CollieAntiguo Perro de Pastor Inglés (Old English Sheepdog/Bobtail)Shetland SheepdogWelsh Corgi CardiganWelsh Corgi PembrokeITALIA Perro de Pastor Bergamasco (Cane da Pastore Bergamasco)Perro de PastorMaremmano-Abruzzese (Cane da PastoreMaremmano-Abruzzese)HUNGRÍA KomondorKuvaszMudiPulia) Blancob) otros coloresPumiHOLANDA Perro de Pastor Holandés (Hollandse Herdershond)a) pelo cortob) pelo largoc) pelo duroPerro Lobo de Saarloos (Saarlooswolfhond)SchapendoesPOLONIA Perro de Pastor Polaco de las Llanuras (Polski Owczarek Nizinny)Perro de Pastor Polaco de Podhale (Polski Owczarek Podhalanski)PORTUGAL Cao da Serra de AiresESLOVAQUIA Slovensky CuvacRUSIA Perro de Pastor de RusiaMeridional (Ioujnorousskaïa Ovtcharka)SUIZA Perro de Pastor Blanco Suizo (Aceptada provisionalmente F.C.I.)RUMANIA Perro de Pastor Rumano de Mioritza (Aceptada provisionalmente F.C.I.)Perro de Pastor Rumano de los Cárpatos (Aceptada provisionalmente F.C.I.)EEUU Australian Shepherd DogSECCIÓN 2: Perros Boyeros (excepto Perros Boyeros Suizos)AUSTRALIA Australian Cattle DogAustralian Stumpy Tail Cattle Dog (Aceptada provisionalmente F.C.I.)BÉLGICA Bouvier de las ArdenasBÉLGICA/FRANCIA Bouvier de Flandes (Vlamsekoehond)GRUPO 2Perros Tipo Pinscher y Schnauzer. Molosoides, Perros Tipo Montaña y Boyeros SuizosSECCIÓN 1: Tipo Pinscher y Schnauzer1.1 PinscherALEMANIA DobermannPinscherZwergpinscherAffenpinscherAUSTRIA Pinscher Austriaco de pelo corto (Osterreichischer Kurzhaariger Pinscher)DINAMARCA/SUECIA Dansk-svensk gardshund (Aceptada provisionalmente F.C.I.)1.2. SchnauzerALEMANIA Schnauzer Gigante (Riesenschnauzer)a) Sal y Pimientab) NegroSchnauzerMediano (Mittelschnauzer)a) Sal y Pimientab) NegroSchnauzerMiniatura (Zwergschnauzer)a) Sal y Pimientab) Negroc) Negro y Platad) Blanco1.3. SmoushondHOLANDA Hollandse Smoushond1.4. Tchiorny TerrierRUSIA Terrier Negro Ruso (Tchiorny Terrier)SECCIÓN 2:Molosoides2.1. Tipo DogoARGENTINA Dogo ArgentinoBRASIL Fila BrasileiroCHINA Shar PeiDINAMARCA BroholmerALEMANIA Boxer (Deutscher Boxer)Dogo Alemán (Deutsche Dogge)a) Dorado y Atigradob) Negro y Arlequínc) AzulRottweilerESPAÑA Ca de Bou (DogoMallorquín)Dogo Canario (Aceptada provisionalmente F.C.I.)Alano Español (No aceptada F.C.I.)FRANCIA Dogo de Burdeos (Dogue de Bordeaux)GRAN BRETAÑA BulldogBullmastiffMastiffITALIA Mastín Napolitano (Mastino Napoletano)JAPÓN TosaPORTUGAL Cao da Fila de SaoMiguelURUGUAY Cimarrón Uruguayo (Aceptado provisionalmente F.C.I.)2.2. TipoMontañaANATOLIA (F.C.I.) Perro de Pastor de Anatolia (Coban Kopëgi)CANADÁ (F.C.I.) Terranova (Newfoundland)ALEMANIA HovawartLeonbergerALEMANIA/SUIZA Landseer (Tipo Europeo-Continental)ESPAÑA Mastín EspañolMastín del PirineoFRANCIA Perro deMontaña de los Pirineos (Chien deMontagne des Pyrénées)ITALIA Cane CorsoMACEDONIA /SERBIA-MONTENEGROSarplaninac (Perro de Pastor Yugoslavo)MARRUECOS Aidi (Perro del Atlas)PORTUGAL Cao da Serra da Estrelaa) Pelo Cortob) Pelo LargoCao de Castro LaboreiroRafeiro do AlentejoSUIZA San Bernardo (St. Bernardshund)a) Pelo Cortob) Pelo LargoESLOVENIA Perro de Pastor de Karst (Kraski Ovcar)RUSIA Perro de Pastor del Cáucaso (Kavkazslaïa Ovtcharka)Perro de Pastor de Asia Central (Sredneasiatskaia Outcharka)TIBET (F.C.I.) Dogo del Tibet (TibetanMastiff) (Do-Khyi)BOSNIA-HERZEGOVINA -CROACIAPerro de Bosnia-Herzegovina – Croacia (Tornjak) (Aceptada Provisionalmente F.C.I.)RUMANIA / SERBIA Perro de Pastor de Europa del Sureste (Ciobanesc Romanesc de Bucovina)(Aceptada Provisionalmente F.C.I.)SECCIÓN 3: Perros Tipo Montaña y Boyeros SuizosSUIZA Bouvier de Appenzel (Appenzeller Sennenhund)Bouvier de Berna (Berner Sennenhund)Bouvier de Entlebuch (Entlebucker Sennenhund)Gran Bouvier Suizo (Grosser Schweizersennenhund)GRUPO 3TerriersSECCIÓN 1. Terriers de talla grande y mediaALEMANIA Terrier Alemán de Caza (Deutscher Jagdterrier)BRASIL Terrier BrasileiroGRAN BRETAÑA Airedale TerrierBedlington TerrierBorder TerrierFox Terrier de Pelo Liso (Fox Terrier-Smooth)Fox Terrier de Pelo Duro (Fox Terrier-Wire)Lakeland TerrierManchester TerrierParson Jack Russell TerrierWelsh TerrierIRLANDA Irish Glen of Imaal TerrierIrish TerrierKerry Blue TerrierIrish Soft CoatedWheaten TerrierESPAÑA Ratonero Bodeguero Andaluz (No aceptada F.C.I.)Gos Rater Valencià (Perro Ratonero Valenciano) (No aceptada F.C.I.)SECCIÓN 2: Terriers de Talla PequeñaAUSTRALIA Australian TerrierJack Russell TerrierGRAN BRETAÑA Cairn TerrierDandie Dinmont TerrierJack Russell TerrierNorfolk TerrierNorwich TerrierScottish TerrierSealyham TerrierSkye TerrierWest HighlandWhite TerrierJAPÓN Terrier Japonés (Nihon Teria)REPUBLICA CHECA Terrier Checo (Cesky Terrier)SECCIÓN 3: Terriers de Tipo BullGRAN BRETAÑA Bull Terrier (English Bull Terrier)a) Estándarb) MiniaturaStaffordshire Bull TerrierEE.UU. American Staffordshire TerrierSECCIÓN 4: Terriers de CompañíaAUSTRALIA Australian Silky TerrierGRAN BRETAÑA English Toy Terrier (negro y fuego)Yorkshire TerrierGRUPO 4Teckels (Dachshunds)ALEMANIA Teckel (Dachshund)a) Estándar- Pelo duro- Pelo largo- Pelo cortob)Miniatura- Pelo duro- Pelo largo- Pelo cortoc) Teckel para la caza del conejo- Pelo duro- Pelo largo- Pelo cortoGRUPO 5Perros de Tipo Spitz y Tipo PrimitivoSECCIÓN 1: Perros Nórdicos de TrineoGROENLANDIA (DINAMARCA) Perro de Groenlandia (Gronlandshund)RUSIA Samoyedo (Samoiedskaïa Sabaka)EE.UU. AlaskanMalamuteSiberian HuskySECCIÓN 2: Perros Nórdicos de CaceríaNORUEGA Perro Cazador de Alces Noruego Gris (Norsk Elghund Grä)Perro Cazador de Alces Noruego Negro (Norsk Elghund Sort)Lundehund Noruego (Norsk Lundehund)RUSIA Laika Ruso-Europeo (Russko-Evropïskaia Laïka)Laika de Siberia Oriental (Vostotchno-Sibirkaïa Laïka)Laika de Siberia Occidental (Zapadno-Sibirkaïa Laïka)SUECIA Perro Cazador de Alces Sueco (Jämthund)Spitz de Norbotten (Norbottenspets)FINLANDIA Perro de Osos de Carelia (Karjalankarhukoïra)Spitz Finlandés (Suomenpystykorva)SECCIÓN 3: Perros Nórdicos de Guarda y PastoreoISLANDIA Perro de Pastor Islandés (Isleskur Fjárhundur)NORUEGA Buhund Noruego (orsk Buhund)SUECIA Perro Sueco de Laponia (Svensk Lapphund)Västgötaspets (Perro de los Visigodos)FINLANDIA Perro Finlandés de Laponia (Suomenlapinköira)Pastor Finlandés de Laponia (Lapinporokoïra)SECCIÓN 4: Spitz EuropeosALEMANIA Spitz Alemán (Deutscher Spitz)a) Spitz Lobo (Wolfspitz)b) Gran Spitz (Grosspitz)- Blanco-Marrón o Negroc) SpitzMediano (Mittelspitz)- Blanco-Marrón o Negro- Naranja, Gris y otros coloresd) Spitz Pequeño (Kleinspitz)- Blanco-Marrón o Negro- Naranja, Gris y otros colorese) Spitz Enano (Zwergspitz)- Todos los coloresITALIA Volpino ItalianoSECCIÓN 5: Spitz Asiáticos y razas semejantesCHINA Chow ChowALEMANIA EurasierCOREA Korea Jindo DogJAPÓN AkitaAkita AmericanoHokkaïdoKaiKishuSpitz Japonés (Nihon Supittsu)ShibaShikokuSECCIÓN 6: Tipo PrimitivoISRAEL Canaan DogMALTA Perro de los Faraones (Pharaoh Hound)MÉJICO Perro sin PeloMejicano (Xoloitzquintle)a) Estándarb) Medioc) MiniaturaPERÚ Perro sin Pelo del Perúa) Grandeb) Medioc) PequeñoREG. ÁFRICA CENTRAL BasenjiSECCIÓN 7: Tipo Primitivo. Perros de CazaESPAÑA Podenco CanarioPodenco Ibicencoa) Pelo durob) Pelo cortoPodenco Andaluz (No aceptada F.C.I.)Maneto (No aceptada F.C.I.)ITALIA Cirneco dell’EtnaPORTUGAL Podenco Portuguésa) Pelo duro- Grande-Medio- Pequeñob) Pelo liso- Grande-Medio- PequeñoTAIWAN Taiwan Dog (Aceptada provisionalmente F.C.I.)SECCIÓN 8: Perro de Caza de Tipo Primitivo con una cresta sobre el lomoTAILANDIA Thai Ridgeback DogGRUPO 6Perros tipo sabueso, perros de rastro (exceptuando lebreles) y razas semejantesSECCIÓN 1: Perros de Tipo Sabueso1.1. Perros Tipo Sabueso de talla grandeBÉLGICA Bloodhound (Chien de Saint-Hubert)FRANCIA Razas de pelo corto:PoitevinBillyFrancés tricolor (Français Tricolore)Francés blanco y negro (Français Blanc et noir)Francés blanco y naranja (Français Blanc et orange)Gran anglo-francés tricolor (Grand anglo-français tricolore)Gran anglo-francés blanco y negro (Grand anglo-français blanc et noir)Gran anglo-francés blanco y naranja (Grand anglo-français blanc et orange)Gran Azul de Gascuña (Grand bleu de Gascogne)Gascón Saintongeois (Grand Gascon Saintongeois )Razas de pelo largo:Gran Grifón Vendeano (Grand Griffon Vendéen)GRAN BRETAÑA English FoxhoundPerro de nutria (Otterhound)EE.UU. American FoxhoundPerro negro y fuego para la caza delMapache (Black and Tan Coonhound)1.2. Perros tipo sabueso de talla medianaBOSNIA Sabueso de Bosnia de pelo duro (Bosanski Ostrodlaki Gonic Barak)CROACIA Sabueso de Istria de pelo corto (Istarski Kratkodlaki Gonic)Sabueso de Istria de pelo duro (Istarski Ostrodlaki Gonic)Sabueso de Posavaz (Posavki Gonic)ESPAÑA Sabueso EspañolFRANCIA Razas de pelo corto:Sabueso Anglo-francés de tamaño mediano (Anglo-francais de petite vénerie)Sabueso del Ariège (Ariegois)Beagle HarrierSabueso Artesiano (Chien d’Artois)PorcelainePequeño Sabueso Azul de Gascuña (Petit bleu de Gascogne)Gascón Saintongeois (Petit Gascon Saintongeois)Razas de pelo largo:Briquet Grifón Vendeano (Briquet Griffon Vendéen)Grifón azul de Gascuña (Griffon bleu de Gascogne)Grifón leonado de Bretaña (Griffon fauve de Bretagne)Grifón del Nivernais (Griffon Nivernais)GRAN BRETAÑA HarrierGRECIA Sabueso Helénico (Hellinikos Ichnilatis)ITALIA Sabueso Italiano (Segugio Italiano)a) Pelo cortob) Pelo duroSERBIA-MONTENEGRO Sabueso Tricolor Serbio (Jugoslavenski Trobojni Gonic)Sabueso deMontaña deMontenegro (Planinski Gonic)Sabueso Serbio (Serbski Gonic)HUNGRÍA Sabueso de Transilvania (Erdélyi Kopó)NORUEGA Sabueso Noruego (Dunker)Sabueso Halden (Haldenstovare)Sabueso de Hygen (Hygenhund)AUSTRIA Sabueso Austriaco negro y fuego (Osterrechischer Glatthaarige Bracke)Sabueso Estirio de pelo duro (Steirische Rauhhaarbracke)Sabueso del Tirol (Tiroler Bracke)POLONIA Sabueso Polaco (Ogar Polski)Gonzcy Polski (Aceptada Provisionalmente F.C.I.)SUIZA Sabueso Suizo (Schweizer Loufhunde-Chiens courants suisses)a) Sabueso Bernés (Berner Laufhound)b) Sabueso del Jura (Bruno du Jura)c) Sabueso de Lucerne (Luzerner Laufhund)d) Sabueso de Schwyz (Schwyzer Laufhund)ESLOVAQUIA Sabueso Eslovaco (Slovensky Kopov)FINLANDIA Sabueso Finlandés (Suomenajokoïra)SUECIA Sabueso de Hamilton (Hamiltonstövare)Sabueso de Schiller (Schillerstövare)Sabueso de Smaland (Smalandsstövare)1.3. Perros tipo sabueso de talla pequeñaALEMANIA Sabueso Alemán (Deutsche Bracke)Perro Tejonero de Westfalia (Westfalische Dachsbracke)FRANCIA Basset Artesiano de Normandia (Basset Artésien Normand)Basset Azul de Gascuña (Basset Bleu de Gascogne)Basset Leonado de Bretaña (Basset fauve de Bretagne)Gran Basset Grifón Vendeano (Grand Basset Griffon Vendéen)Pequeño Basset Grifón Vendeano (Petit Basset Griffon Vendéen)GRAN BRETAÑA Basset HoundBeagleSUIZA Sabueso suizo pequeño (Schweizerische Niederlaufhunde)a) Pequeño Sabueso Bernés pelo liso (Berner Niederlaufhund)b) Pequeño Sabueso Bernés pelo duro (Berner Niederlaufhund)c) Pequeño Sabueso del Jura (Jura-Niederlaufhund)d) Pequeño Sabueso de Lucerna (Luzerner Niederlaufhund)e) Pequeño Sabueso de Schwyz (Schwyzer Niederlaufhund)SUECIA DreverSECCIÓN 2: Perros de RastroALEMANIA Sabueso de Sangre de Baviera (Bayrischer Gebirgsschweisshund)Sabueso de Sangre de Hanover (Hannover’scher Schweisshund)AUSTRIA Perro Tejonero de los Alpes (Alpenlandische Dachsbracke)SECCIÓN 3: Razas SemejantesCROACIA Dálmata (Dalmatinac)SUDÁFRICA Rhodesian RidgebackGRUPO 7Perros de MuestraSECCIÓN 1: Perros de Muestra Continentales1.1. Tipo BracoDINAMARCA Antiguo Perro de muestra Danés (Gammel Dansk Honsehund)ALEMANIA Braco Alemán de pelo corto (Deutscher Kurzhaariger Vorstehhund)Perro de muestra alemán de pelo duro (Deutsch Drahthaar)PudelpointerPerro de muestra alemán de pelo cerdoso (Deutsch Stichelhaar)Braco de Weimar (Weimaraner)a) Pelo cortob) Pelo largoESPAÑA Perdiguero de BurgosPachón Navarro (No aceptada F.C.I.)FRANCIA Braco del Ariège (Braque de l’Ariège)Braco de Auvernia (Braque d’Auvergne)Braco del Bourbonnais (Braque du Bourbonnais)Braco francés, tipo Gascuña (Talla grande)Braco francés, tipo Pirineos (Talla pequeña)Braco Saint Germain (Braque Saint-Germain)ITALIA Braco ItalianoHUNGRÍA Braco Húngaro de pelo duro (DrotzörüMagyar Vizsla)Braco Húngaro de pelo corto (RövidszöruMagyar Vizsla)PORTUGAL Perdiguero Portugués1.2. Tipo “Spaniel”ALEMANIA Munsterländer pequeño (KleinerMünsterländer)GranMünsterländer (GrosserMünsterländer)Perro de muestra alemán de pelo largo (Deutsch Langhaar)FRANCIA Epagneul Bleu de PicardieEpagneul BretónEpagneul Francés (Epagneul Français)Epagneul PicardEpagneul de Pont-AudemerHOLANDA Perdiguero de Drente (Drentsche Patrijshond)Perro de muestra frisón (Stabyhoun)1.3. Tipo GriffonFRANCIA Grifón de muestra Korthals de pelo duro (Griffon d’arret á poil dur Korthals)ITALIA Spinone ItalianoREP. CHECA Cesky FousekESLOVAQUIA Grifón de muestra eslovaco de pelo duro (Slovensky Hruborsty Stavac)SECCIÓN 2: Perros de Muestra de las Islas Británicas2.1. PointerGRAN BRETAÑA Pointer (English Pointer)2.2. SetterGRAN BRETAÑA Setter Inglés (English Setter)Setter Gordon (Gordon Setter)IRLANDA Setter Irlandés Rojo (Irish Red Setter)Setter Irlandés Rojo y Blanco (Irish Red and White Setter)GRUPO 8Perros cobradores de caza. Perros levantadores de caza. Perros de aguaSECCIÓN 1: Perros cobradores de cazaCANADÁ Nova Scotia Duck Tolling RetrieverGRAN BRETAÑA Curly-Coated RetrieverFlat-Coated RetrieverLabrador RetrieverGolden RetrieverEE.UU. Chesapeake Bay RetrieverSECCIÓN 2: Perros levantadores de cazaALEMANIA Perdiguero Alemán (DeutscherWachtelhund)GRAN BRETAÑA Clumber SpanielCocker Spaniel Inglés (English Cocker Spaniel)English Springer SpanielField SpanielSussex SpanielWelsh Springer SpanielHOLANDA Pequeño Perro Holandés para la caza acuática (Kooikerhondje)EE.UU. Cocker Spaniel Americano (American Cocker Spaniel)SECCIÓN 3: Perros de AguaESPAÑA Perro de Agua EspañolFRANCIA Perro de Agua Francés (Barbet)IRLANDA Perro de Agua Irlandés (IrishWater Spaniel)ITALIA Lagotto RomagnoloHOLANDA Perro de Agua Frisón (Wetterhoun)PORTUGAL Cao de Agua PortuguésEE.UU. Perro de Agua Americano (AmericanWater Spaniel)GRUPO 9Perros de CompañíaSECCIÓN 1: Bichones y razas semejantes1.1 BichonesMEDIT. CENTRAL (Italia) BichónMaltésMEDIT. OCCID. (F.C.I.) Bichón HabaneroBÉLGICA/FRANCIA Bichón FriséITALIA Bichón Boloñés1.2. Coton de TulearMADAGASCAR Coton de Tulear1.3. Petit Chien Lion (Löwchen)FRANCIA Petit Chien LionSECCIÓN 2: CanichesFRANCIA Caniche gigante (Grand Caniche)a) blanco, marrón y negrob) gris, apricot y rojoCaniche mediano (CanicheMoyen)a) blanco, marrón y negrob) gris, apricot y rojoCaniche enano (Caniche Nain)a) blanco, marrón y negrob) gris, apricot y rojoCaniche toy (Caniche Miniature)SECCIÓN 3: Perros belgas de talla pequeña3.1. GrifonesBÉLGICA Grifón Belga (Griffon Belge)Grifón de Bruselas (Griffon Bruxellois)3.2. Petit BrabançonBÉLGICA Petit BrabançonSECCIÓN 4: Perros sin peloCHINA Perro Chino Crestado (Chinese Crested Dog)SECCIÓN 5: Perros tibetanosTIBET(GRAN BRETAÑA)Lhasa ApsoShih TzuTibetan SpanielTibetan TerrierSECCIÓN 6: ChihuahueñoMÉJICO Chihuahuaa) pelo cortob) pelo largoSECCIÓN 7: Spaniels ingleses de compañíaGRAN BRETAÑA Cavalier King Charles SpanielKing Charles SpanielSECCIÓN 8: Spaniels japoneses y pekinesesCHINA Pekinés (Pekingese)JAPÓN Spaniel Japonés (Chin)SECCIÓN 9: Spaniels continentales enanos de compañíaFRANCIA/BÉLGICA Spaniel continental enano (Epagneul nain continental)a) Papillonb) PhaleneRUSIA Pequeño Perro Ruso (Russkiy Toy) (Aceptado Provisionalmente F.C.I.)a) Pelo lisob) Pelo largoSECCIÓN 10: KromfohrländerALEMANIA KromfohrländerSECCIÓN 11: Molosoides de talla pequeñaFRANCIA Bulldog francés (Bouledogue français)GRAN BRETAÑA Carlino (Pug)EE.UU. Boston TerrierGRUPO 10LebrelesSECCIÓN 1: Lebreles con pelo largo u onduladoAFGANISTÁN Galgo Afgano (Afghan Hound)ORIENTEMEDIO (F.C.I.) SalukiRUSIA Borzoi (Barzaïa)SECCIÓN 2: Lebreles con pelo duroIRLANDA IrishWolfhoundGRAN BRETAÑA DeerhoundSECCIÓN 3: Lebreles con pelo cortoESPAÑA Galgo EspañolGRAN BRETAÑA GreyhoundWhippetITALIA Pequeño Lebrel Italiano (Piccolo Levriero Italiano)HUNGRÍA Lebrel Húngaro (Magyar Agar)MALI (FRANCIA) AzawakhMARRUECOS SloughiPOLONIA Lebrel Polaco (Chart Polski)ARTÍCULO 11º. ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN DE ADMISIÓN Y CLASIFICACIÓNLa Comisión de Admisión y Clasificación está facultada para no admitir, por causa justificada, aquellos ejemplares que considere que no deban figurar en el certamen; y en cualquier caso a los que padezcan algún tipo de enfermedad, tara o defecto físico apreciables. En ningún caso serán admitidos a concursar los ciegos, tuertos o sordos; los lisiados o que padezcan cojera incurable; los castrados, monórquidos, criptórquidos o que padezcan atrofia testicular; los que tengan el pelo esquilado, siempre y cuando no lo permita el estándar correspondiente; los teñidos; los que muestren una actitud agresiva hacia las personas u otros perros; y, en general, todos aquellos que hayan sido previamente manipulados para tratar de inducir a error al juez.Los perros con el rabo o las orejas cortados deben ser admitidos de acuerdo con las regulaciones legales de sus países de origen y las del Estado Español o de las Comunidades Autónomas en las que se lleve a cabo la exposición.Las hembras en celo podrán participar siempre que estén convenientemente tratadas para no alterar el comportamiento de los machos presentes en la exposición.La Real Sociedad Canina de España podrá autorizar a otras asociaciones colaboradoras suyas a organizar exposiciones caninas poniendo en competición el C.A.C. (Certificado de Aptitud de Campeonato) valedero y puntuable para obtener el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y el C.A.C.I.B. (Certificado de Aptitud de Campeonato Internacional de Belleza), siendo responsabilidad de dichas asociaciones, como organizadoras de los eventos, el control y admisión de las solicitudes de inscripción para participar en la exposición y autorización para salir al ring; comportamiento de los dueños y presentadores de los perros durante la prueba y la observancia del Reglamento de Certámenes de Morfología Canina de la R.S.C.E. desde el inicio de la exposición hasta su clausura.ARTÍCULO 12º. INSPECCIÓN VETERINARIALos ejemplares participantes en cualquier tipo de exposición o concurso canino deberán someterse a inspección veterinaria antes de concursar, o durante el concurso.La inspección veterinaria podrá ser fija o itinerante, y correrá a cargo de facultativos, estando autorizado el veterinario actuante para exigir y comprobar la correspondiente documentación sanitaria de los ejemplares en cualquier momento durante el certamen. Cualquier enfermedad, tara, actitud agresiva o anomalía que sea detectada por el facultativo será puesta en conocimiento del Comisario General para que adopte las medidas que sean pertinentes.ARTÍCULO 13º. CLASES ADMITIDASEn las exposiciones en las que se ponga en juego el C.A.C.I.B. (Certificado de Aptitud de Campeonato Internacional de Belleza) de la F.C.I. o el C.A.C. (Certificado de Aptitud de Campeonato de Belleza) de la R.S.C.E. o ambos, los perros participantes competirán distribuidos en las siguientes clases:a) Clase Intermedia (C.I.)b) Clase de Trabajo (C.T.)c) Clase Abierta (C.A.)d) Clase de Campeones (C.CH.)En estas clases sólo podrán participar los ejemplares que tengan un mínimo de 15 meses de edad cumplidos.Como clases complementarias, sin opción al C.A.C.I.B. ni al C.A.C., podrán admitirse las siguientes:e) Clase de Veteranos (C.V.)f) Clase de Jóvenes (C.J.)g) Clase de Cachorros (C.C.)h) Clase de Parejas (C.P.)i) Clase de Cría (C.CR.)Ningún perro podrá ser inscrito en dos de las clases señaladas en los epígrafes a), b), c), d), e) f) y g) simultáneamente.Para determinar la edad se tomará en consideración la fecha del día en que se expone el perro.Serán condiciones exigidas para participar en cada una de las clases, las siguientes:a) Clase Intermedia (C.I.)Para perros mayores de quince meses y menores de veinticuatro. Pueden inscribirse los que sean Campeones en otros países y quieran optar al título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E.. No pueden participar en esta clase los inscritos en Clase de Campeones, en Clase Abierta, en Clase de Trabajo ni en Clase de Jóvenes.b) Clase de Trabajo (C.T.)Para perros de utilidad mayores de quince meses, que hayan superado una prueba de trabajo homologada por la F.C.I. o por la R.S.C.E., con la calificación mínima de “suficiente”. Para perros de caza que hayan obtenido la calificación de “bueno” en una prueba homologada por la F.C.I. o por la R.S.C.E. No pueden participar en esta clase los inscritos en Clase de Campeones, en Clase Abierta, en Clase Intermedia, en Clase de Jóvenes ni en Clase de Veteranos.c) Clase Abierta (C.A.)Para perros mayores de quince meses. Pueden inscribirse los que sean Campeones en otros países y quieran optar al título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E.. No pueden participar en esta clase los inscritos en Clase de Campeones, en Clase Intermedia, en Clase de Trabajo, en Clase de Jóvenes, ni en Clase de Veteranos.d) Clase de Campeones (C.CH.)Para los ejemplares mayores de quince meses, que hayan obtenido el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E., Campeón Internacional de Belleza de la F.C.I. o Campeón de Belleza de la sociedad canina de otro país.Previa justificación del título, podrán optar al C.A.C.I.B. en una exposición internacional o al rappel de C.A.C. en una nacional.Los perros que ya tengan el título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. solamente podrán ser inscritos en Clase de Campeones.Los ejemplares inscritos en esta clase no pueden ser inscritos en Clase Abierta, en Clase Intermedia, en Clase de Trabajo o en Clase de Jóvenes.Los dos primeros excelentes de esta clase competirán con los que hayan obtenido el C.A.C. y el R.C.A.C., para disputar el C.A.C.I.B. y R.C.A.C.I.B..e) Clase de Veteranos (C.V.)Para aquellos ejemplares que tengan más de ocho años. Los inscritos en esta clase no pueden inscribirse en las clases de Campeones, Abierta o Trabajo.f) Clase de Jóvenes (C.J.)Para aquellos ejemplares que tengan más de nueve meses y menos de dieciocho. Los inscritos en esta clase no pueden inscribirse en las clases de Campeones, Abierta, Intermedia o Trabajo.g) Clase de Cachorros (C.C.)Podrán participar los perros que tengan más de cinco meses y menos de nueve.h) Clase de Parejas (C.P.)Para macho y hembra de la misma raza y variedad, y del mismo propietario. Para poder participar en esta clase, ambos ejemplares deberán estar inscritos individualmente en algunas de las anteriores.i) Clase de Cría (C.CR.)Para un mínimo de tres y un máximo de cinco ejemplares de la misma raza y variedad, sin distinción de sexo, de un mismo criador, aunque no sean de su propiedad en el momento de la exposición. Para poder competir en esta clase, los ejemplares que compongan el grupo deberán estar inscritos individualmente en algunas de las clases de Campeones, Abierta, Intermedia, Trabajo, Veteranos, Jóvenes o Cachorros.VIINSTALACIONESARTÍCULO 14º. GENERALIDADESDeberá procurarse que los recintos donde se celebren los certámenes de morfología canina estén cerrados o cercados, con el fin de facilitar al máximo el control sanitario.Es deseable que el público visitante y los expositores, por seguridad y comodidad, puedan acceder al recinto por lugares distintos.El espacio en que hayan de desarrollarse las exposiciones deberá contar con la suficiente amplitud para albergar todas las instalaciones precisas y para hacer cómoda la circulación simultánea de público y de expositores.Deberá instalarse dentro del recinto una oficina de la organización con un servicio de información al expositor y al público.No se permitirá la entrada en el recinto de la exposición a perros no inscritos en la misma.ARTÍCULO 15º. LOS RINGSLos rings en donde se hayan de juzgar los perros, deberán tener las medidas y reunir las condiciones necesarias para el más perfecto desarrollo de las pruebas, teniendo en cuenta las características de cada una de las razas que se juzguen.Sólo podrán permanecer en el ring mientras duren los juicios, el juez, los comisarios de ring asignados y los ejemplares que se estén juzgando, con sus presentadores.Tendrán acceso el Presidente de la Comisión Ejecutiva y el Comisario General de la exposición.Excepcionalmente, el Comisario General podrá autorizar la presencia en el ring de otras personas, mediando causa justificada.ARTÍCULO 16º. COMISARIO GENERAL Y COMISARIOS DE RINGEl Comisario General de la exposición, por delegación de la Comisión Ejecutiva, es la máxima autoridad individual mientras dure la exposición para todo lo relacionado con ésta.En consecuencia, es el encargado de hacer cumplir el presente reglamento y gozará de atribuciones suficientes para decidir y resolver sobre cualquier asunto o incidencia relacionada con la exposición hasta su clausura.Estará auxiliado en su misión por los comisarios de ring, los cuales velarán por el buen orden dentro de cada uno de los rings que les hayan sido asignados.Los comisarios de ring deberán:- Dar entrada ordenadamente en el ring a las distintas clases que han de participar cuando, por turno, les corresponda.- Verificar los ejemplares que no se presenten en el ring al ser llamados para competir.- Notificar al juez cualquier irregularidad que ocurra en el ring durante el desarrollo de las pruebas.- Escribir el rapport con las características del perro examinado que le dicte el juez, si la sociedad organizadora así lo ha decidido.- Organizar y ocuparse de la cumplimentación de las tarjetas de calificación y certificados y de su entrega a los expositores.- Seguir todas las instrucciones del juez en todo lo referente a la organización y celebración del evento.- Hablar uno de los idiomas de trabajo de la F.C.I., determinado por el juez al que asistan.- Tener conocimiento del presente reglamento, así como del Reglamento de Exposiciones de la F.C.I., en su caso.El Comisario General asignará las demás funciones que habrán de desarrollar los comisarios de ring.Los comisarios de ring no podrán presentar perros que hayan de ser juzgados por los jueces con quienes les corresponda colaborar.VIICALIFICACIONES Y PREMIOSARTÍCULO 17º. CALIFICACIONESLas calificaciones de los ejemplares expuestos son de la exclusiva competencia del Juez. Las calificaciones y clasificaciones que otorguen los jueces en la exposición son definitivas e inapelables, pendientes únicamente de ratificación por el Comité de Dirección de la R.S.C.E. y, en su caso, por la F.C.I..Las calificaciones que pueden otorgarse son:ExcelenteLa calificación de Excelente puede otorgarse a aquellos ejemplares cuyo tipo responda al estándar ideal de la raza o variedad y que sean presentados en perfectas condiciones. Deberán tener estructura armónica, buen movimiento y carácter equilibrado. Sus cualidades deberán primar sobre sus posibles pequeñas imperfecciones.La calificación de Excelente no puede ser otorgada a perros menores de nueve meses.Esta calificación puede otorgarse en las Clases de Jóvenes, Veteranos, Intermedia, Abierta, Trabajo yCampeones.Muy BuenoSe calificarán como Muy Buenos los perros cuyo tipo y características generales se ajusten al estándar de la raza, que sean equilibrados en sus proporciones y que estén en correctas condiciones. Pueden tolerarse algunas faltas menores, pero ninguna de naturaleza morfológica ni de temperamento.Es la máxima calificación que puede otorgarse en Clase de Cachorros.BuenoSerá atribuido a los ejemplares que posean las características de la raza, pero que presenten faltas o deficiencias.SuficientePara los ejemplares que, aún ajustándose al "tipo", no tienen las características, cualidades y condición física deseables, según el estándar.InsuficienteSerá para los ejemplares que presentan algún defecto descalificatorio, según el estándar de la raza, o que muestren una conducta agresiva hacia las personas u otros perros, lo que se hará constar explícitamente en el carné de juez. Esta calificación también se otorgará a los perros que presenten alguna característica exagerada de la raza, que pueda afectar a su salud.Sin Calificar /No puede ser juzgadoSe otorgará esta evaluación a los perros que no puedan recibir una de las calificaciones antes mencionadas, porque su actitud reiterada en el ring haga imposible evaluar el movimiento, la corrección de la dentadura, la anatomía, la estructura, los testículos o cualquier otra característica de la raza, lo que se hará constar explícitamente en el carné de juez. Se incluye también en este apartado a los perros que presenten cojera evidente, fortuita o no, en el ring.Los cuatro primeros perros de cada clase deberán ser clasificados siempre que hayan recibido, al menos, la calificación de Excelente o de Muy Bueno si se trata de la Clase Cachorros.ARTÍCULO 18º. CERTIFICADOS DE CAMPEONATOEl C.A.C. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, declarados en la exposición mejores de su raza o variedad, que, según el juez, reúnan méritos suficientes para poder optar al Título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y hayan sido calificados como “Excelente 1º”, entre los que compitan en las Clases Intermedia, Trabajo y Abierta.El Rappel de C.A.C. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, inscritos en Clase Campeones siempre y cuando sean mejores que los que obtienen el C.A.C. (en exposiciones caninas nacionales).El C.A.C.T. se otorga a los perros que acrediten su preparación y condiciones en las pruebas de trabajo deportivo.El R.C.A.C. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, que, según el juez, reuniendo méritos suficientes para poder optar al título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y no habiéndoles sido atribuido el C.A.C., hayan sido calificados como Excelente 2º en la clase que ha obtenido el C.A.C., y Excelente 1º en el resto de las clases que compitan (Intermedia, Trabajo, Abierta).El C.A.C.I.B. – C.A.C.I.T. podrá ser concedido, según criterio del juez, a los ejemplares, macho y hembra, vencedores en la prueba de su raza y variedad, que tengan cualidades suficientes para poder optar al Título de Campeón Internacional de Belleza o de Trabajo de la F.C.I. y hayan sido calificados como “Excelente 1º”, entre los que compitan en las Clases Intermedia, Trabajo, Abierta y Campeones.El R.C.A.C.I.B. es atribuible a los ejemplares, macho y hembra, que, según el juez, reuniendo méritos suficientes para poder optar al título de Campeón Internacional de Belleza de la F.C.I. y no habiéndoles sido atribuido el C.A.C.I.B., hayan sido calificados como Excelente 2º en la clase que ha obtenido el C.A.C.I.B., y Excelente 1º en el resto de las clases que compiten (Intermedia, Trabajo, Abierta, Campeones).En las exposiciones de belleza o estructura canina los C.A.C. y C.A.C.I.B. pueden no ser concedidos, aunque se hayan otorgado las calificaciones de “Excelente 1º”, si ninguno de los ejemplares examinados reúne, a criterio del juez, las cualidades superiores para optar a los títulos de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. o Campeón Internacional de Belleza de la F.C.I..Los calificados con R.C.A.C.I.B o R.C.A.C. obtendrán, automática y respectivamente, el C.A.C.I.B. y C.A.C. en los casos en que el ejemplar que los haya obtenido en la misma exposición fuera ya Campeón Internacional de Belleza de la F.C.I. o Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. respectivamente y cuyos títulos, en cada uno de ambos casos, hayan sido homologados por la F.C.I. o por la R.S.C.E..También pasará al segundo clasificado siempre que tenga el R.C.A.C.I.B. y/o el R.C.A.C., el C.A.C.I.B. y/o C.A.C. otorgado al ejemplar que le precedió en la clasificación, si la calificación que inicialmente obtuvo no es homologada por el Comité de Dirección de la R.S.C.E., por haber sido descalificado por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la exposición o, posteriormente, por acuerdo de la F.C.I. o de la R.S.C.E., por causa justificada.ARTÍCULO 19ºEl Comité de Dirección de la R.S.C.E. fija las condiciones a tener en cuenta para la obtención del Título de Campeón en España de Belleza de la R.S.C.E. y que, en la actualidad, son:1ºa) 4 C.A.C.’s, uno de ellos en la Exposición Internacional organizada directamente por la R.S.C.E. o por otra sociedad colaboradora de la R.S.C.E., a la que el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para poner en juego el C.A.C. obligatorio y necesario para obtener el título de Campeón en España, y 1 Excelente en Clase de Campeones, Clase Trabajo, Clase Abierta o Clase Intermedia, en la exposición monográfica de su club de raza en que se ponga en juego el C.A.C. de la R.S.C.E. o en otra exposición internacional organizada directamente por la R.S.C.E. o por otra sociedad canina colaboradora de la R.S.C.E., a la que el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para poner en juego el C.A.C. obligatorio y necesario para obtener el título de Campeón en España.b) 4 C.A.C.'s, uno de ellos en la exposición monográfica de su club de raza en que se ponga en juego el C.A.C. de la R.S.C.E. o en una exposición internacional organizada por la R.S.C.E. o por otra sociedad canina colaboradora de ésta a la que el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para poner en juego el C.A.C. obligatorio y necesario para obtener el título de Campeón en España, y 1 Excelente, en Clase de Campeones, Clase Trabajo, Clase Abierta o Clase Intermedia, en otra exposición internacional organizada directamente por la R.S.C.E. o por otra sociedad canina colaboradora de la R.S.C.E., a la que el Comité de Dirección haya autorizado expresamente para poner en juego el C.A.C. obligatorio y necesario para obtener el título de Campeón en España.2º Estas calificaciones deben ser concedidas, al menos, por 3 jueces diferentes.3º Un perro no obtiene el Título de Campeón en tanto no es homologado por el Comité de Dirección de la R.S.C.E.. Entretanto, si compite debe hacerlo en Clase Intermedia, Abierta o Trabajo, según le corresponda.ARTÍCULO 20º. PREMIOS EN LAS PRUEBAS FINALESEntre el macho y la hembra de cada raza que hayan obtenido el C.A.C.I.B., C.A.C. o Rappel, según sea exposición internacional o nacional; el macho y la hembra de la Clase Jóvenes que hayan obtenido la calificación de Excelente 1º; y el macho y la hembra de la Clase Veteranos que hayan obtenido la calificación de Excelente 1º, el juez elegirá el Mejor de Raza.Entre los mejores de cada raza así elegidos, se designará el mejor de cada Grupo.Los vencedores de cada grupo competirán entre sí para la obtención del premio al Mejor Ejemplar de la Exposición.Potestativamente, y siempre que lo haya hecho público en el folleto informativo de la exposición, la sociedad organizadora podrá disponer que se elijan los Mejores Ejemplares de la exposición de las Clases Cachorros, Jóvenes y Veteranos, previa elección de los Mejores de Grupo de cada una de estas clases, independientemente de que los ejemplares de las Clases Jóvenes y Veteranos pudieran participar en la elección del Mejor Ejemplar Absoluto de la Exposición.Podrán otorgarse también trofeos a lamedor Pareja y a los mejores Ejemplares de la Clase de Cría.En todas las exposiciones nacionales e internacionales donde se ponga en juego el C.A.C. de la R.S.C.E. y/o el C.A.C.I.B. de la F.C.I., se entregará un Trofeo Especial de la R.S.C.E. almejar Perro de Razas Españolas.VIIIDERECHOS Y DEBERES DE LOS EXPOSITORESARTÍCULO 21º. DEFINICIÓN Y GENERALIDADESTendrán la condición de expositores, a efectos del presente reglamento, las personas físicas o jurídicas que figuren en el libro de orígenes en que los perros participantes estén inscritos como propietarios de los ejemplares presentados, a la fecha de cierre de las inscripciones.Las inscripciones en las exposiciones, y los datos consignados en las hojas de inscripción, se consideran hechas de buena fe.Cualquier dato erróneo o falso que sea detectado en la inscripción, antes o en el transcurso de la exposición, será subsanado por la Comisión de Admisión y Clasificación.En el supuesto caso de que el error o dato falso fuera detectado una vez otorgadas las calificaciones y sus consecuencias afecten a terceros, las calificaciones concedidas al ejemplar causante de la irregularidad serán anuladas.ARTÍCULO 22º. DERECHOS DE LOS EXPOSITORESEn los casos de fuerza mayor que impida el desplazamiento y participación en la exposición del perro inscrito, y sea debidamente justificada esta circunstancia, el expositor tendrá derecho a que le sea reintegrado el 50% de la cantidad abonada a la sociedad organizadora en concepto de derechos de inscripción, siempre que la comunicación de la ausencia y justificante obren en poder de la sociedad organizadora con una antelación mínima de ocho días a la fecha de apertura del certamen.La sociedad organizadora deberá facilitar gratuitamente a cada expositor dos pases o entradas a la exposición.Cuando el número de perros inscritos a nombre de una misma persona así lo requiera, la sociedad organizadora podrá facilitar más pases para acceder al recinto de la exposición.ARTÍCULO 23º. RECLAMACIONESLas reclamaciones que puedan presentarse por actos u omisiones producidos durante la celebración de la exposición, que sean imputables a la organización, deberán ser formuladas por el expositor mediante escrito razonado, con aportación de pruebas, si las hubiera, dirigido al Presidente de la Comisión Ejecutiva de la exposición y entregado en las oficinas de la sociedad organizadora instaladas en el recinto de la exposición antes de su clausura o en la sede social de ésta en el plazo máximo de ocho días desde la fecha de clausura de la exposición.La Comisión Ejecutiva de la exposición emitirá un informe sobre los hechos denunciados para la Junta Directiva de la sociedad organizadora de la exposición, que deberá resolver en el plazo máximo de dos meses. En el caso de que la resolución de los hechos denunciados se exceda de las atribuciones de la Junta Directiva de la sociedad organizadora, ésta dará traslado del expediente a la R.S.C.E., con el informe de la Comisión Ejecutiva de la exposición, y su propuesta de resolución, en el plazo de un mes desde que la denuncia fuera presentada.En este caso, el Comité de Dirección de la R.S.C.E. resolverá en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de recepción de la denuncia.Caso de que la documentación que aporte la sociedad organizadora con el escrito de denuncia sea considerada insuficiente por el Comité de Dirección de la R.S.C.E., éste podrá solicitar más información y la práctica de las pruebas que considere necesarias, con audiencia del denunciante, durante un mes, prorrogándose un mes más el plazo de que dispone el Comité de Dirección para dictar su resolución.Contra los acuerdos adoptados por la Junta Directiva de la sociedad organizadora, en las denuncias que pueda resolver dentro de sus atribuciones, el denunciante puede interponer recurso de revisión ante el Comité de Dirección en el plazo de quince días naturales, a partir de la fecha de notificación de la resolución.Cuando sea el Comité de Dirección de la R.S.C.E. el que adopte directamente el acuerdo, por excederse la cuestión planteada de las atribuciones de la sociedad organizadora de la exposición, cabe recurso de reposición ante el propio Comité de Dirección en el improrrogable plazo de quince días naturales, que deberá ser resuelto dentro de los dos meses siguientes.Contra las resoluciones en reposición del Comité de Dirección de la R.S.C.E. en revisión o en reposición no caben otros recursos por vía interna de la Real Sociedad Canina de España.ARTÍCULO 24º. DEBERES DE LOS EXPOSITORESLos expositores deberán observar en todo momento en el recinto de la exposición, dentro y fuera del ring, durante el tiempo que duren las pruebas, la corrección y respeto para con los demás expositores, jueces, miembros de la organización y público en general, que les son exigibles; y aceptar las normas y disposiciones de la R.S.C.E. y las calificaciones otorgadas por los jueces.Todo expositor tiene la obligación de conocer y aceptar el presente reglamento.Los expositores deberán:a) Abstenerse de manipular a sus ejemplares con prácticas ilícitas que puedan inducir a error a los jueces. No se podrá tratar el manto, la piel o la nariz de manera que se pueda cambiar su estructura, color o forma, ni tampoco arreglar el perro en el recinto de la exposición utilizando cualquier tipo de sustancia. Sólo se permite el uso del peine y del cepillo.b) Presentar a sus perros en las condiciones higiénico-sanitarias exigibles y libres de parásitos.c) Someter a sus perros a la inspección veterinaria fija o itinerante que le pueda ser requerida durante el transcurso de la exposición.d) Tener un trato correcto con los jueces, comisarios, miembros de la organización de la exposición, expositores y público en general.e) Abstenerse de informar al juez o a los comisarios, antes del final de los juicios, de anteriores logros de su ejemplar.f) Aceptar con deportividad el fallo del juez.g) Presentar sus perros en las pruebas finales para las que se hubiese clasificado.h) Mantener sus perros en el recinto de la exposición, en tanto no se les autorice para que retiren los mismos.i) Retirar sus ejemplares del recinto de la exposición al término de los juicios en cada jornada.Los expositores responderán del buen cuidado y comportamiento de sus perros y de los presentadores, conductores o cuidadores de los mismos, de no ejercer estas funciones el propio expositor; siendo responsables de cualquier daño, perjuicio o molestia que sus perros puedan ocasionar a terceros.Los expositores que hayan obtenido con sus perros calificaciones que les permitan tener acceso a las pruebas finales y no los presenten al ser llamados al ring para estas competiciones, podrán perder las calificaciones y premios que se les hayan otorgado, salvo en caso justificado de fuerza mayor y siempre con el visto bueno del Comisario General de la exposición.IXDESCALIFICACIONESARTICULO 25ºLa Junta Directiva de la sociedad organizadora de la exposición dará traslado al Comité de Dirección de la R.S.C.E. de las denuncias que puedan presentarse por incumplimiento de alguna de las exigencias mencionadas en los artículos 23 y 24, a las que acompañará un informe de la Comisión Ejecutiva sobre los hechos denunciados y pruebas practicadas.El Comité de Dirección de la R.S.C.E., a la vista de la documentación aportada, decidirá sobre la apertura de un expediente informativo o, en su caso, sancionador, para depurar los hechos denunciados, designando Juez Instructor del expediente. Se dará traslado al interesado del correspondiente pliego de cargos para que, en el plazo de quince días, haga alegaciones y presente o proponga las pruebas que considere precisas para el mejor esclarecimiento de los hechos, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se interpretará que renuncia a aportar nuevas pruebas y a hacer nuevas declaraciones, por lo que el expediente seguirá su trámite con las pruebas y la documentación incorporadas al mismo y el resultado de las pruebas que decida practicar el Instructor.El instructor del expediente presentará al Comité de Dirección sus conclusiones y propuesta de sanción, el cual dictará la resolución que proceda, en el plazo máximo de cuatro meses.Contra la resolución del Comité de Dirección podrá interponer el expedientado recurso de revisión, en el plazo de quince días, ante el propio Comité de Dirección. Para resolver el recurso será necesaria la presencia de, al menos, las dos terceras partes de los miembros del Comité de Dirección.Contra los acuerdos adoptados por el Comité de Dirección en el recurso de revisión no caben nuevos recursos por vía administrativa interna de la R.S.C.E.ARTÍCULO 26ºSe consideran faltas graves:a) Ofender de palabra u obra a los jueces actuantes en la exposición, miembros del Comité de Dirección de la R.S.C.E. y/o miembros de la Junta Directiva de la asociación organizadora de la exposición; comisarios y miembros de la organización actuantes en la muestrab) Tratar de engañar a jueces y comisarios manipulando documentacionesc) Manifestarse públicamente contra las decisiones de los juecesd) Manipular los perros concursantes con intención de tratar de inducir a error al jueze) Intentar coaccionar al juez informándole, antes del final de los juicios, de anteriores logros, títulos o calificaciones de su ejemplar. Tal actitud podrá ser motivo de descalificación.ARTICULO 27ºLas faltas graves pueden ser sancionadas con la descalificación del perro expuesto, y la prohibición al propietario y/o al presentador de presentar perros en exposiciones y concursos caninos organizados o autorizados por la R.S.C.E. por un periodo de seis meses hasta la exclusión por tiempo indefinido, según la gravedad del caso, a juicio del Comité de Dirección de la R.S.C.E..ARTICULO 28ºLas faltas consideradas menos graves pueden ser resueltas por la Junta Directiva de la sociedad organizadora de la exposición. Las calificadas como graves son de la competencia exclusiva del Comité de Dirección de la R.S.C.E..Tendrán consideración de faltas menos graves las que no estén comprendidas entre las relacionadas en el artículo 26.Las faltas menos graves pueden ser sancionadas por la Comisión Ejecutiva de la exposición con la prohibición de presentar perros en exposiciones y concursos caninos organizados por la sociedad organizadora de la exposición por un periodo máximo de seis meses, y la descalificación del perro expuesto por el mismo periodo.ARTÍCULO 29ºNinguna responsabilidad alcanzará a la R.S.C.E. ni a la sociedad organizadora de la exposición por efecto de una mala clasificación o calificación de los perros por parte de los jueces; errores en los catálogos; muerte, accidente, pérdida, robo o extravío de los ejemplares expuestos; desperfectos en las instalaciones de casas comerciales o de particulares, adornos de las mismas y géneros almacenados en los stands; no celebración o suspensión temporal o definitiva de la exposición; así como tampoco por los perjuicios que, por cualquier causa no imputable a la sociedad organizadora, pudieran ocasionarse a los expositores, entendiéndose que no tendrán derecho a indemnización alguna por los conceptos expresados ni por ningún otro.La sociedad organizadora de la exposición se compromete, por otra parte, a establecer las medidas de vigilancia necesarias a fin de tratar de evitar, en lo posible, que se produzca ningún tipo de anomalías.Los perros deberán ser conducidos dentro del recinto de la exposición de manera controlada, con total garantía para los demás expositores, organizadores y visitantes y para los otros perros participantes.En caso de que la conducta de algún perro, y su falta de control por el conductor, representen algún peligro, será retirado de la exposición, a indicación del Comisario General, y no serán devueltos al expositor los derechos de inscripción pagados. Dependiendo de la gravedad de los hechos, podrá no permitirse la participación del ejemplar en otras exposiciones.La R.S.C.E. o socieda |